En el Congreso se está proponiendo reformas a la Ley en Materia de Antejuicio; sin embargo, esto ha generado diferentes opiniones a favor y en contra.
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Como invitados en cabina participaron los diputados Fernando Linares Beltranena, del Partido de Avanzada Nacional (PAN) y ponente de la iniciativa; Amílcar Pop, de Winaq, quien se opone a la misma; Raúl Romero, del bloque Fuerza e integrante del Frente Parlamentario por la transparencia; y Juan Ramón Lau, de Todos.
Con esta iniciativa, que ya recibió dictamen favorable de parte de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, se pretende que los antejuicios contra el Fiscal General de la República, magistrados de la Corte de Constitucionalidad y los procuradores de Derechos Humanos y de la Nación, sean conocidos por los diputados.
Hacer cumplir la Constitución
Beltranena destacó que la base para promover estas reformas es cumplir con la Constitución, e hizo referencia al artículo 165 literal H de la carta magna, en el cual dice que es atribución del Congreso declarar si ha lugar o no a formación de causa contra los siguientes funcionarios:
Presidente y vicepresidente de la República, Presidente y magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del Tribunal Supremo Electoral, y de la Corte de Constitucionalidad, ministros, viceministros de Estado (cuando estén encargados del Despacio), secretarios de la Presidencia de la República, procuradores de Derechos Humanos y de la Nación, así como Fiscal General.
“Lo que hace esta ley es simplemente que se cumpla con la Constitución, porque no se ha venido cumpliendo, se metió un filtro en la CSJ que no corresponde”, resaltó.
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Desde 1985 hasta 2003, el Congreso resolvía y declaraba sí o no ha lugar a los antejuicios. “En esa época dijeron que la CSJ filtre, pero eso no está en ley, es atribución del Congreso hacerlo”, dijo.
Por su parte, Lau expresó que no se está tratando que los diputados conozcan el procedimiento de antejuicio como jueces, sino como una parte de un inicio de un posible procedimiento.
“En este caso, lo único que se está planteando en las iniciativas es que se haga observancia constitucional de competencias para conocer casos de antejuicio. No se puede decir quién podría salir beneficiado o perjudicado, pues cada caso es distinto”, refirió.
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Reformas necesarias, pero con otro enfoque
El diputado Raúl Romero destacó que el decreto 85-2002, Ley en Materia de Antejuicio, sí debe ser reformado, pero con otro enfoque. “Incluso ya presentamos la iniciativa 54-04” para proponer cambios a la misma, dijo.
“Las iniciativas deben ir dirigidas al fortalecimiento del sector justicia y deben ser técnicas, legales y políticamente viables, así que debemos preguntarnos si es el momento políticamente adecuado para hacer una reforma de este tipo”, añadió.
A su criterio, no se debe legislar casuísticamente y dentro de una coyuntura específica, sino pensando en el Estado y a corto, mediano y largo plazo.
“Más allá que simplemente cambiar los procesos, primero se debe aclarar qué es el espíritu del antejuicio y lo que debería ser, así como definir cuándo procede y que los procesos sean ágiles”, refirió.
En opinión de Romero, se ha abusado de la figura de antejuicio, por lo cual los aspectos que deben reformarse deben incluir que corresponda solo en casos en que se vincula el cargo.
El legislador Amílcar Pop también manifestó su preocupación por que se legisle de manera casuística.
Asimismo, expresó que no está de acuerdo con la iniciativa planteada por Linares y consideró que se tenían posibilidades de hacer cambios en cuanto al tema de justicia, pero no hubo el apoyo necesario, por lo cual se perdió la oportunidad. “Yo defendí la reforma constitucional en materia de justicia”, dijo.
Según él, reformar la ley de Antejuicio podría poner en riesgo la estabilidad de control de poderes. “Las Cortes pueden cometer errores, pero es peor trasladar un debate jurídico a lo político”, argumentó.
Mencionó que la Constitución ya define un procedimiento, pero está legislado también y hay sentencias de la CC y CSJ que señalan que conocer y hacer una interpretación o calificación implica a la Corte.
“Nosotros no podríamos calificar, el Congreso es eminentemente político. Entonces, el filtro de conocer, que las cortes ya han resuelto, es de la CSJ, de lo contrario estaríamos politizando al cien por ciento un procedimiento judicial previo”, agregó.