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Fiscal General da trámite a oficio enviado por jefe de la FECI acerca de la Canciller

La fiscal general y jefa del Ministerio Público (MP), Consuelo Porras, dio trámite a la solicitud que le planteó el jefe de la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI), Juan Francisco Sandoval, acerca de las refutaciones a las declaraciones de la canciller Sandra Jovel.

Sandoval envió un oficio a la titular del ente investigador, en busca de que se le pueda solicitar una aclaración o explicación a la ministra, quien según detalla el documento, hizo afirmaciones “falsas y tendenciosas” que afectan el trabajo de la Fiscalía.

Mientras tanto, Porras trasladó ante la Oficina de Atención Permanente (OAP) la petición presentada por el fiscal.

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Refutaciones

El fiscal Sandoval citó en el oficio las palabras pronunciadas por Jovel en una conferencia de prensa del pasado 6 de septiembre, en la cual se confirmó que el Gobierno no renovará el mandato de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) y que se mantiene la prohibición del ingreso de su titular, Iván Velásquez, al país.

En esa ocasión, la canciller citó como causas que motivaron esas decisiones las supuestas irregularidades en casos que han sido investigados por la comisión y el MP; sin embargo, la FECI expuso cuál es en realidad la situación de esos diferentes procesos y de las personas señaladas.

Entre otros temas, Jovel dijo que la CICIG manipuló la justicia en casos paradigmáticos, como el caso Rosenberg, y que los hermanos Valdez Paiz, señalados en este proceso, estuvieron en prisión preventiva durante ocho años y se les absolvió finalmente.

Pero la FECI refutó el tema indicando que los sindicados estuvieron en prisión preventiva tres años y que no han sido absueltos, pues aún se discute la probabilidad de que enfrenten juicio.

Además de requerir una aclaración a la ministra, Sandoval pidió a la titular del MP que se pueda proceder conforme a lo establecido en el artículo 298 del Código Procesal Penal.

Este artículo se refiere a la obligatoriedad que tienen los funcionarios y empleados públicos de denunciar “sin demora alguna” los hechos, que conozcan en el ejercicio de sus funciones, y que puedan constituirse como un delito de acción pública.

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