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¿Qué procede en el caso del general Erick Melgar Padilla?

El MP informó que cuenta con documentación de la CSJ en donde consta que el militar no es juez y por lo tanto no tendría derecho de antejuicio.

La Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI) recibió un informe de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en donde consta que el general Erick Melgar Padilla no es vocal militar en ninguna Sala de Apelaciones. En ese sentido, la fiscal general Thelma Aldana indicó que esta persona no es juez y por lo tanto no tiene derecho de antejuicio, como su defensa lo ha argumentado.

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El tema fue analizado hoy en el programa A Primera Hora, de Emisoras Unidas. Como invitados en cabina participaron los abogados Carlos Bezares y Luis Fernández Molina, quienes señalaron que por las acciones legales planteadas en el caso contra el militar este se ha atrasado.

Cabe recordar que la semana pasada la jueza de Mayor Riesgo “A”, Claudette Domínguez, revocó la orden de aprehensión que había girado contra Melgar por su presunta vinculación con el caso Manipulación de la Justicia. La togada argumentó que si bien la Constitución no otorga el derecho de antejuicio a un juez de rango militar, tampoco lo prohíbe.

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Por ello, el Ministerio Público (MP), la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) y querellantes en el proceso recusaron a la juzgadora.

¿Qué procede en el caso?

Fernández indicó que hay muchas lecturas con lo informado por la CSJ, que van incluso más allá del caso de Melgar Padilla, ello tomando en cuenta que el Código Militar data de años atrás. Añadió que esta situación afectó la imagen del Ejército, tomando en cuenta que un alto mando de esa institución está involucrado.

A criterio del entrevistado, el Ministerio de la Defensa no estuvo “empujando” a Melgar para enfrentar los señalamientos, pero tampoco lo estuvo defendiendo y no se pronunció con respecto a si tenía o no derecho de antejuicio.

El abogado explicó que tomando como base el artículo 219 de la Constitución, que habla al respecto del Organismo Judicial (OJ) y menciona a los tribunales militares, un vocal militar sí tiene ese derecho porque es juez.

Agregó que en cada una de las 14 Salas de Apelaciones del Ramo Penal que hay en el país en el ámbito militar, existen tres titulares, dos suplentes y un vocal militar, para que cuando llegue la apelación de una sanción militar pueda conocerse el caso.

“El militar que haya sido nombrado y juramentado por el OJ tiene las características de un juez, entonces tiene derecho de antejuicio mientras sea vocal militar de alguna de las Salas de Apelaciones”, expresó.

Por aparte, Bezares se refirió a lo que corresponde ahora en el caso de Melgar Padilla, ya que se conoce que aparentemente ya no es vocal.

El abogado explicó que cada una de las partes procesales debe desarrollar una estrategia de litigio, y en este caso el MP tendría que analizar si sus acciones van o no a atrasar el caso y buscar una salida.

A su criterio, la más inmediata que correspondería es plantear una actividad procesal defectuosa para revocar la orden de la jueza Domínguez (que revocó la orden de aprehensión), con la problemática de que está recusada y ahora se deberá esperar que una Sala resuelva la acción en su contra para poder continuar.

“Ya se entrampó con la recusación de la jueza. Tendrían que buscar la dinámica para resolver lo más inmediato la persecución penal”, manifestó.

El abogado opinó que los señalamientos contra Melgar Padilla no son “cualquier cosa, sino que se trata de un caso de cooptación de la justicia, que se da en un problema de familia”.

Por su parte, Fernández indicó que los abogados hacen bien en emplear los medios para defender a su cliente y no descartó que la técnica empleada en este y otros casos es esperar que llegue junio para que ya se tenga un nuevo fiscal general y la situación pueda estar más “cómoda y accesible”.

Video para defenderse

Melgar Padilla publicó la semana pasada un video en el cual se pronuncia con relación a los señalamientos que la Fiscalía hace en su contra. El militar agradeció el apoyo de su familia y amigos y aseguró que su situación es resultado de una “evidente manipulación y politización de la justicia.

De igual forma, refirió que con las acciones que se desarrollan actualmente en el país se pretende “desgastar” las instituciones.

En ese sentido, Fernández consideró que la actuación de Melgar radica en una falta. “El militar mientras esté de alta es obediente y no deliberante, por lo tanto no debe deliberar en cuestiones políticas y cuestiones subjetivas, y punto”, dijo.

Asimismo, calificó el video de poco afortunado y consideró que tiene una connotación política en la línea de atacar la función del MP y la CICIG.

Bezares coincidió en que como es militar en activo, Melgar Padilla debe ser no beligerante, sino apolítico y no podría cuestionar a las instituciones del Estado guatemalteco, y que se debe establecer si hay alguna sanción administrativa o penal.

“Debe apegarse a la República y respeto a la Constitución, si él está en desacuerdo con resoluciones judiciales puede interponer recursos necesarios”, mencionó.

De igual forma, destacó que el problema es que como ciudadano, Melgar está limitado en cuanto a su rango militar, porque siendo el comandante de una de las bases más importantes del Ejército se lee como si fuera una opinión institucional, “aunque obviamente no lo es”.

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