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Piden a la CC cesar las funciones del Centro de Gobierno

La Asociación Primero Guatemala solicitó a la Corte de Constitucionalidad (CC) que se declare como inconstitucional dicha comisión.

La Asociación Primero Guatemala accionó en contra de las funciones del Centro de Gobierno ante la Corte de Constitucionalidad (CC).

De acuerdo con un comunicado de prensa que publicó la referida organización social, se busca que el tribunal constitucional declare como inconstitucional la participación de la referida comisión presidencial dentro del Organismo Ejecutivo y del Estado.

En la nota se detalla que el Centro de Gobierno:

Recomendados

  • Duplica funciones de varios ministerios y secretarías del Organismo Ejecutivo.
  • No es clara la forma en la que rinde cuentas ante la Contraloría General de Cuentas.
  • Limita funciones a la vicepresidencia de la República.

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Esto piden que conozca la CC

La normativa que da vida al Centro de Gobierno, como funciona a cargo de Luis Miguel Martínez Morales, es el acuerdo gubernativo 31-2020, el cual modificó al acuerdo gubernativo 16-2017.

El artículo que se ataca con la acción de inconstitucionalidad es el 6, en el cual se detalla:

“Se reforma el artículo 6 en cuanto a las atribuciones de la comisión, el cual queda así: Atribuciones de la comisión”.

Y las competencias que tiene son:

  • Coadyuvar en el fortalecimiento y desarrollo de las capacidades de gestión de la presidencia de la República, en la realización de acciones de apoyo, coordinación y seguimiento de los resultados de las prioridades presidenciales, procurando su aseguramiento.
  • Apoyar en la construcción, fomento y fortalecimiento de una cultura de ejecución, transparencia, calidad del gasto y rendición de cuentas del Organismo Ejecutivo.
  • Proponer la implementación de sistemas de gestión que faciliten la toma de decisiones presidenciales en tiempo real, para el logro de los resultados estratégicos e institucionales.
  • Informar al presidente de la República y a las autoridades institucionales que corresponda, desarrollando mecanismos expeditos de gestión sobre el cumplimiento de las prioridades presidenciales.
  • Coadyuvar en el desarrollo e implementación de los mecanismos que le permitan al presidente de la República dar las instrucciones pertinentes a las distintas instituciones del Organismo Ejecutivo, así como aquellas entidades, tanto permanentes como las temporales que se encuentran bajo la dependencia de la presidencia de la República a efecto de armonizar sus políticas, planes, programas y proyectos, con las prioridades presidenciales.
  • Asesorar al presidente de la república para el seguimiento de la ejecución y cumplimiento de las prioridades presidenciales con la finalidad de identificar y reportarlas restricciones administrativas, financieras o de otra índole que afecten el logro de los resultados propuestos en las mismas.
  • Promover el desarrollo de la tecnología de la información en el Organismo Ejecutivo, que permita establecer de manera digital y en tiempo real, el grado de ejecución y avance de las prioridades presidenciales, para que el presidente de la República tenga acceso a información pertinente y que sea una alternativa significativa para la toma de decisiones.
  • Promover estrategias, mecanismos e insumos de comunicación para informar a la ciudadanía sobre los avances en el cumplimiento de las prioridades presidenciales.

De esa cuenta, se pide a la CC que el Centro de Gobierno deje de operar de forma material, funcional y orgánicamente.

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