La Fundación para el Debido Proceso, con sede en Washington, Estados Unidos, expresó su preocupación por la afectación a las garantías de independencia que tienen los jueces en las Américas durante la pandemia del Covid-19.
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En el caso de Guatemala, señaló que es preocupante la información sobre “presiones y amenaza de represalias” con acciones disciplinarias contra jueces, juezas, magistrados y magistradas del Organismo Judicial.
Esto a raíz de una circular girada por la Secretaría General de la Presidencia de ese organismo, en la que advirtió de sanciones contra los togados que no permitan procesos de desinfección de las sedes.
A criterio de la fundación, las acciones contra los funcionarios de justicia se han dado en respuesta al requerimiento legítimo de contar con los insumos y protección necesarias para prestar sus servicios.
Ello en condiciones adecuadas que garanticen su salud y la de la población usuaria del sistema de justicia, resaltó por medio de un comunicado emitido este martes.
“Los jueces no pueden ser suspendidos, removidos de sus cargos ni separados de las causas que tramitan, a menos que sea como consecuencia de una sanción emitida por autoridad competente, tras un proceso que respete el principio de legalidad y las garantías del debido proceso”, resaltó también.
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Situación regional
En el comunicado, la Fundación para el Debido Proceso señal´oque en una reciente resolución denominada “Pandemia y Derechos Humanos en las Américas”, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) recomendó a los Estados tomar medidas para reducir la sobrepoblación penitenciaria.
Para esto se podrían aplicar procesos de revisión de casos de prisión preventiva e identificar los que pudieran convertirse en medidas alternativas.
Sin embargo, también se ha observado que los jueces que han realizado procesos de este tipo han sido sancionados o señalados.
En ese sentido, aclaró que estas situaciones, que puntualmente se han dado en Chile y Bolivia, podrían tener un efecto adverso y promover que los juzgadores se abstengan de dictar medidas sustitutivas a la privación de libertad.