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Juramentan a ocho nuevos gobernadores, quedan 11 pendientes

Los gobernadores de Chimaltenango, Escuintla e Izabal ya habían sido juramentados.

Ocho nuevos gobernadores departamentales fueron juramentados durante la última semana, según el sitio electrónico de la Secretaría General de la Presidencia (SGP).

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En la referida plataforma digital figuran los representantes del gobierno central en igual número de departamentos, los cuales, en total, suman 11.

Queda pendiente que el Organismo Ejecutivo designe a otros 11 funcionarios en iguales cargos.

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Los nuevos funcionarios son:

  1. Carlos Waldemar Barillas Herrera, de Guatemala.
  2.  Jorge Mano Cabrera Ordóñez, de Totonicapán.
  3.  José Luis Sam Maldonado, de Suchitepéquez.
  4. Romel Manuel Véliz Castro, de Alta Verapaz.
  5. Luis Carlos Velásquez Bravo, de San Marcos.
  6. Luis Rodolfo Burgos Segura, de Petén.
  7. Otto Ervin Macz Hó, de Quiché.
  8.  Jorge Alberto Cortez, de Jalapa.

Estos se suman a los nombramientos que en semanas anteriores hizo el presidente Alejandro Giammattei.

Quienes ya desempeñan sus cargos como gobernadores son:

  1.  José Arturo Hernández, de Escuintla.
  2. Juan Carlos Ruwet Castellanos, de Chimaltenango.
  3. Héctor Morales Alarcón, de Izabal.

Quedan pendientes de ser designados los gobernadores de:

  1. Huehuetenango.
  2. Jutiapa.
  3. Baja Verapaz.
  4. Santa Rosa.
  5. Zacapa.
  6. Chiquimula.
  7. Quetzaltenango.
  8. El Progreso.
  9. Retalhuleu.
  10. Sololá.
  11. Sacatepéquez.

En el sitio electrónico de la SGP no se consignan detalles de cómo fueron realizados los procedimientos de selección y designación de los ocho nuevos gobernadores departamentales.

Únicamente figuran los nombres de los funcionarios, el departamento en el cual se desempeñarán y sus respectivas fotografías.

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Obligaciones de los gobernadores

Entre las atribuciones de los gobernadores departamentales figura:

  1. Representar al presidente de la República.
  2. Presidir el Consejo Departamental de Desarrollo Urbano y Rural.
  3. Velar por la efectiva ejecución del presupuesto de inversión asignado a su departamento.
  4. Velar por la efectiva coordinación de las políticas de los municipios y de las entidades autónomas y descentralizadas que operen en su departamento, con la política general del gobierno central y, en su caso, con las políticas específicas del ramo o sector que corresponda, todo ello sin menoscabo de la autonomía municipal.
  5. Informar a los ministros de Estado sobre faltas, incumplimiento de deberes u otras acciones de los funcionarios y empleados públicos que afecten la prestación de los servicios a cargo del Organismo Ejecutivo y de sus entidades descentralizadas y autónomas.
  6. Desempeñar las funciones del ramo del interior que expresamente delegue en los gobernadores el ministro de Gobernación.
  7. Rendir informe mensual a la Presidencia sobre las anomalías o deficiencias en el desempeño de las dependencias y entidades públicas con presencia en el departamento.
  8. Ejercer en su departamento el control y supervisión de la Policía Nacional Civil (PNC), bajo las directrices del Ministro de Gobernación.

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