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Gobierno emite disposiciones para priorizar y eficientar el gasto público

Por medio de una circular se instruyó a las dependencias del Ejecutivo a manejar los recursos en un contexto de austeridad y racionalización de los recursos. Se aplicaron restricciones a gastos por celebraciones de fin de año y aprobación de bonos.

La Presidencia de la República giró una circular dirigida a las diferentes dependencias del Gobierno, en la cual instruye a darle cumplimiento a disposiciones para eficientar el gasto público.

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En el documento se indica que, aunque se han tomado acciones estratégicas que han contribuido a recuperar de forma moderada la recaudación tributaria, esa mejora debe acompañarse con medidas que permitan mayor productividad del uso de los recursos.

En ese sentido, se resalta la necesaria implementación de “medidas de frugalidad, prioridad, eficiencia y calidad del gasto público” para el ejercicio fiscal 2019.

Las mismas están basadas en el uso racional y aplicando la priorización en el uso de los recursos disponibles.

“La ejecución presupuestaria deberá realizarse basado en una gestión por resultados, enfocado al cumplimiento de las metas establecidas en la Política General de Gobierno 2016-2020, en un contexto de austeridad y racionalización de los recursos”, cita la circular.

La disposición emitida por la Presidencia entró en vigencia el miércoles 27 de noviembre y se mantendrá por el resto del año.

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No bonos ni celebraciones de fin de año

Entre las medidas de frugalidad y eficacia del gasto público se encuentran las siguientes:

  1. No deberán utilizarse recursos de origen tributario para realizar celebraciones de fin de año, así como la compra de insumos para los mismos fines.
  2. Deberán abstenerse de gestionar cualquier tipo de bono monetario, independientemente de la fuente de financiamiento.
  3. Las autoridades de las instituciones deberán abstenerse de negociar en los Pactos Colectivos de Condiciones de Trabajo los incrementos a beneficios salariales y económicos de los empleados, financiados con fuentes provenientes de la tributación.
  4. No se podrán ocupar plazas vacantes que a la fecha de entrada en vigencia de la disposición no tengan una gestión de nombramiento en trámite.
  5. Las instituciones públicas no podrán solicitar la creación de puestos nuevos financiados con fuentes provenientes de la tributación.

  1. Las asignaciones para pago de agua, energía eléctrica, arrendamiento, vigilancia, no podrán ser objeto de modificación.
  2. Se prohíbe iniciar nuevos procesos de adquisición con fuentes de origen tributario, que a la presente fecha no tengan publicación en Guatecompras.
  3. Las entidades deberán abstenerse de realizar gastos para servicios protocolarios y viáticos al exterior, viáticos para la participación en cursos, talleres y gastos conexos que no estén debidamente justificados y deberán garantizar los relacionados con la transmisión de mando.

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