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Prolongación de funciones en el OJ no causará delito

Analistas en materia de justicia coinciden al señalar que en la Ley del Organismo Judicial se señala que ningún funcionario podrá abandonar su cargo hasta que haya quien le sustituya.

Aunque el período de funciones en el Organismo Judicial (OJ) concluirá el 13 de octubre para los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y de las Salas de Apelaciones, no se podrá dar el cambio de autoridades por la suspensión del trabajo de las comisiones de postulación para la administración 2019-2024. Analistas coincidieron al señalar que pese a que se dará una prolongación de los cargos, no se incurrirá en ningún delito.

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Las autoridades judiciales cumplen una función de cinco años y cada vez que está por terminarse el período se convoca a las comisiones de postulación para que seleccionen a los candidatos para integrar la CSJ y las Salas de Apelaciones; sin embargo, el trabajo de ambas instancias fue detenido por la Corte de Constitucionalidad (CC).

Elvyn Díaz, presidente del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala (ICCPG), dijo que la Ley del Organismo Judicial detalla que ningún funcionario puede dejar su cargo hasta que se nombre a su sucesor.

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“No hay que alarmarse, la Ley del Organismo Judicial define cómo se hace el cambio de administración”, manifestó.

Díaz se refirió al artículo 71 de la referida normativa, en el cual se establece el abandono de funciones.

“Ningún magistrado o juez, propietario o suplente en funciones y ningún funcionario o empleado del OJ, dejará su cargo aunque se le haya admitido la renuncia o cumplido el tiempo de su servicio sino hasta que se presente su sucesor”, se lee en dicha ley.

Comisiones de postulación suspendidas

  1. La CC suspendió el trabajo de las comisiones de postulación para magistrados del OJ el pasado 16 de septiembre.
  2. Ese fue el efecto de un amparo provisional que se otorgó al magistrado Noé Ventura Loyo y a la Asociación Familiares y Amigos contra la Delincuencia y el Secuestro.
  3. Se otorgó la protección constitucional por errores en la conformación de la comisión para Salas de Apelaciones y porque no habían sido evaluados los jueces y magistrados interesados en participar en el proceso de selección de autoridades judiciales para el período 2019-2024.

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Posted by Publinews Guatemala on Monday, September 16, 2019

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OJ debería consultar

Carmen Aída Ibarra, directora de Movimiento Pro Justicia, afirmó que la CSJ tiene la obligación de dirigirse a la CC y consultar qué ocurrirá desde el 13 octubre, para que haya un respaldo de por qué se continuaría con el cargo.

“Hay varias visiones apocalípticas acerca de la falta de legitimidad de las resoluciones que se emitan después de ese día. Definitivamente no van a haber magistrados electos para esa fecha, pero no es porque sea la actual administración la que quiera mantenerse allí, sino por la coyuntura”, aseguró.

Mario Siekavizza, vocero del OJ, afirmó que por el momento no se ha dirigido ninguna consulta a la CC acerca del tema y que antes de eso los magistrados tendrían que reunirse para definir si se hará dicha comunicación o no, lo cual tampoco ha ocurrido.

Ordenan formar método de evaluación

  1. La CC exigió al Consejo de la Carrera Judicial (CCJ) definir cómo se evaluará el desempeño de los jueces y magistrados.
  2. En tres ocasiones se presentaron propuestas de reglamento a la Ley de la Carrera Judicial, pero fueron rechazadas por la CSJ. El CCJ aprobó de “urgencia nacional” el método que utilizará.

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