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La Corte de Constitucionalidad indica que "no le prohibió ninguna acción al presidente de la República"

La Corte de Constitucionalidad (CC) brindó una conferencia de prensa con respecto a las declaraciones brindadas por varias partes con respecto al tema de la firma del acuerdo del "tercer país seguro".

En dicha conferencia de prensa estuvieron presentes los magistrados: Gloria Porras, Bonerge Mejía, Netfalí Aldana y Francisco de Mata Vela.

La magistrada Dina Josefina Ochoa no estuvo presente.

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Conferencia de prensa

"Rechaza enfáticamente expresiones infundadas"

El magistrado presidente Bonerge Mejía Orellana leyó el comunicado oficial de la Corte de Constitucionalidad.

Su función esencial es la defensa del orden constitucional, actúa como tribunal colegiado con independencia de los demás organismos del Estado", leyó, citando el artículo 268 de la Constitución.

Seguidamente leyó lo siguiente (literalmente):

"Dentro de las funciones de la CC se encuentra, entre otras, conocer acciones de amparo interpuestas en contra del Congreso, la CSJ, el presidente y el vicepresidente de la República.

Por lo anterior, este Tribunal, rechaza enfáticamente expresiones infundadas y reitera que su único compromiso es la defensa del orden constitucional.

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En tal sentido no podemos asumir responsabilidades por acciones de otros funcionarios públicos con impacto para Guatemala.

Las consecuencias políticas y jurídicas que deriven de la conducción de la política exterior del Estado de Guatemala, constituyen responsabilidad exclusiva de los funcionarios legitimados para su debido ejercicio.

Por lo anterior, reiteramos a los funcionarios públicos y a otras personas que han intentado atribuir a la CC responsabilidades que no le corresponden, que los funcionarios son depositarios de la autoridad, responsables legalmente por su conducta oficial, sujetos a la ley y jamás superiores a ella.

Los funcionarios y empleados públicos están al servicio del Estado y no a partido político alguno.

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La función pública no es delegable, excepto por los casos señalados por la ley y no podrá ejercerse sin prestar previamente juramento de fidelidad a la Constitución (artículo 154 de la Constitución)."

Sobre el caso "tercer país seguro"

Por otra parte, Aldana Orellana también leyó la parte en la que se refiere al tema del "tercer país seguro".

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"En cumplimiento de su función, la CC no le prohibió ninguna acción al presidente de la República, la resolución únicamente señaló el funcionamiento establecido en al Constitución para la firma de un convenio y con esos alcances, según lo dictado del articulo 171, corresponde también al Congreso, aprobar los tratados, convenios o cualquier arreglo internacional

Por el bien de la ciudadanía, y en la actual coyuntura, instamos a todos los funcionarios públicos a asumir sus responsabilidades de conformidad con la Constitución de la República demás leyes."

Antecedentes

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Primeramente, en horas de la mañana, el presidente estadounidense Donald Trump acusó a Guatemala de romper la firma de dicho acuerdo y amenazó con nuevos aranceles sobre remesas.

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Por su parte, el gobierno de Jimmy Morales respondió a esas aseveraciones indicando que dichas repercusiones se derivan de acciones de los magistrados de la CC.

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