La Corte de Constitucionalidad (CC) otorgó esta semana un amparo provisional solicitado por dos ciudadanos, con lo cual dejó en suspenso el retiro del embajador de Suecia, Anders Kompass, esto luego de que la Cancillería solicitara que fuera sustituido por supuestamente incurrir en “injerencia”.
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En la resolución se establece que sea el presidente Jimmy Morales quien “reconduzca conforme a los principios del Derecho Internacional, las relaciones diplomáticas con el Reino de Suecia, en cuanto a la solicitud del retiro del embajador”, señala parte de la resolución.
Acerca de este tema se conversó hoy con dos juristas en el programa A Primera Hora, de Emisoras Unidas. Roberto Molina Barreto, expresidente de la CC; y Mynor Franco, exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) coincidieron en indicar que, con ese fallo, la máxima Corte se estaría excediendo en sus funciones.
Molina señaló que no se discute si gusta o no la decisión del Ejecutivo de pedir el cambio del diplomático, sino que se llegó a una situación donde lo que se debe analizar son los procedimientos que se utilizaron y especialmente, si la función de la CC u otro tribunal de amparo, incluso la CSJ es conocer los temas.
El jurista explicó que para poder determinar si se otorga o no un amparo, los magistrados y un equipo técnico analizan si se cumplen los requisitos de temporalidad, y si la Corte es la competente para conocerla, entre otros aspectos. Luego, se hace un "análisis técnico jurídico objetivo" para determinar la procedencia o improcedencia del amparo provisional.
“Aquí, lamentablemente, se invirtió absolutamente ese procedimiento lógico procedimental, creo que primero se tomó la decisión de otorgar amparo y luego se mandó a buscar la justificación jurídica para justificar el porqué se otorgaba”, expresó.
A criterio de Molina, la Corte hizo un “manipuleo absoluto de muchas normas constitucionales”, pues mezcla los artículos 183 y 149, así como el 1 y 2 para decidir que hubo violación constitucional, “cuando absolutamente eso no es cierto”.
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Según dijo, el artículo 149 hace una reserva de ley internacional, es decir, que indica que lo correspondiente a las relaciones internacionales se regula por el derecho internacional público, incluida la Convención de Viena sobre las relaciones diplomáticas.
“La CC emite la resolución en fraude de la constitución, lo cual considero que es una grave actuación de la Corte. Y que creo que han cometido un delito, por lo cual en algún momento se puede discutir si tienen una responsabilidad de orden penal”, manifestó.
En ello coincidió el exmagistrado Franco, quien aseguró que la CC se ha excedido en este caso, y en otros más, en sus resoluciones. “Se está violando concretamente el artículo 141 de la Constitución, que se refiere a la soberanía, e indica que la subordinación entre Organismos es prohibida”, dijo.
Este es un asunto de corte internacional, y es la Convención de Viena la que manda que es la Corte Interamericana la que debe resolver una controversia que se dé entre un Estado y otro, por lo cual la CC no tiene competencia para entrar a conocer estos casos, aseguró.
El jurista también dijo que “con mucha razón” la CSJ no otorgó el amparo provisional solicitado por el procurador de los Derechos Humanos, Jordán Rodas, que de igual forma tenía como objetivo evitar la salida de Kompass.
Los entrevistados también mencionaron que la Constitución le otorga las facultades al Presidente de la República de dirigir la política internacional, además recordaron que la Carta Magna establece que las relaciones internacionales se rigen por las convenciones.
Pide cambio de embajadores
El pasado 10 de mayo, la Cancillería guatemalteca informó por medio de un comunicado que se solicitó el retiro de los embajadores de Suecia, Anders Kompass; y de Venezuela, Elena Salcedo, ya que “en el desempeño de sus funciones han asumido actitudes que derivan en injerencia en asuntos internos del Estado de Guatemala”.
Esta decisión generó diferentes reacciones de parte de los diferentes sectores del país, e incluso a nivel internacional.