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PNC reporta las tres primeras detenciones tras entrar en vigencia la “ley seca”

“Los policías velarán por el cumplimiento de la ley seca y la prevención de hechos contra la vida y delincuencia común”, aseguró el portavoz de la PNC.

La prohibición para consumir bebidas alcohólicas en lugares públicos, así como distribuirlas tomó vigencia a las 12:00 horas de este sábado, tomando en cuenta que mañana se llevará a cabo la consulta popular por el diferendo entre Guatemala y Belice.

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Para los eventos electorales que se realizan en el país, se aplica esta prohibición. La Policía Nacional Civil (PNC) hizo hoy al mediodía un recordatorio a la población por medio de sus redes sociales.

“Atención. A partir de este momento queda terminantemente prohibida la venta de bebidas alcohólicas, ya que ha entrado en vigencia la Ley Seca, y si es sorprendido ingiriéndolas o comercializándolas, será consignado. Evítese problemas legales”, se lee en la publicación.

Pablo Castillo, portavoz de la entidad de seguridad, explicó que en las primeras cinco horas después de que entrara en vigencia, se reportó la captura de tres personas por infringir la normativa.

A las 15:00 horas, la PNC informó que Mario Humberto Martínez, de 24 años, fue capturado en la 3ª calle y 12 avenida de la zona 1 del municipio de Tiquisate, Escuintla, tras ser sorprendido cuando consumía bebidas alcohólicas. Posteriormente, las comisarías de Jutiapa y Petén informaron sobre dos casos de este tipo en sus jurisdicciones.

Prohibiciones

El decreto 1-2017 del Tribunal Supremo Electoral, sobre la convocatoria de la Consulta Popular, establece una serie de prohibiciones, entre las que se encuentran:

  1. Es prohibido hacer divulgación cívica, pegando o pintando rótulos en efigies, paredes, señales, puentes y monumentos, salvo que se trata de propiedad privada y se cuente con autorización escrita del propietario.
  2. No es permitido usar vehículos de cualquier tipo, con altoparlantes, para fines de divulgación de la Consulta Popular, antes de las siete y después de las veinte horas.
  3. Realizar propaganda de la Consulta Popular o de cualquier clase el día del evento y durante las treinta y seis horas anteriores a la misma. Las encuestas y estudios de opinión no podrán ser publicados durante los quince días previos al de la Consulta Popular.
  4. El expendio o distribución de licores, bebidas alcohólicas y fermentadas o su consumo en lugares públicos, desde las doce horas del día anterior a la Consulta Popular y hasta las seis horas del día siguiente de esta.

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