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Estas son las prohibiciones antes y durante la jornada electoral

Los candidatos a la presidencia tiene prohibido llamar al voto a partir de las 12:00 horas de este viernes.

Finaliza campaña proselitista agosto 2023 Finaliza campaña proselitista agosto 2023

Este viernes, 18 de agosto, concluyó el período de campaña electoral, para que los candidatos a la presidencia pidieran el voto, para la segunda vuelta electoral, a realizarse este domingo, 20 de agosto.

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De acuerdo a la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) así como el Decreto de Convocatoria a Elecciones, las prohibiciones que deben observarse de manera estricta desde 36 horas antes y en especial durante la jornada electoral son las siguientes:

  • No se pueden hacer, bajo ninguna circunstancia, acciones de campaña o propaganda electoral de cualquier clase.
  • No se pueden difundir, por ningún medio, datos de encuestas de intención de voto.
  • Prohibido el expendio o distribución de licores, bebidas alcohólicas  fermentadas, así como su consumo en lugares públicos desde las 12:00 horas del sábado 24 de junio hasta las 6:00 horas del lunes 26 de junio.

En dicho comunicado el TSE también hizo el llamado para que los guatemaltecos se preparen y esperen con tranquilidad y respeto el momento de ejercicio del derecho a votar y elegir en democracias.

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Ley seca

A partir de las 12:00 horas del 19 de agosto, también se prohíbe el expendió y consumo de alcohol en áreas públicas, hasta pasadas seis horas del evento electoral, es decir el lunes 21 de agosto a las 6:00 horas.

De lo contrario la persona involucrada en la falta electoral, podría ser enviado a prisión.

¿Qué pasa por violar la ley seca?

Las personas que infrinjan la ley seca correspondiente a las elecciones generales 2019 podrían ser detenidos por agentes de la PNC y trasladados a los diferentes juzgados de turno del Organismo Judicial, habilitados en todo el territorio nacional.

Si a una persona se le declara como responsable de incumplir la referida prohibición, se le podría sancionar con arresto de entre 15 y 30 días.

La normativa está contemplada en el inciso D del artículo 223 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP).

Lea también: Llaman a respetar la voluntad del pueblo

 

 

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