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Este 14 de enero entra en vigencia restricciones al uso de consumidor final en facturas

Por cada factura que incumpla con los requisitos exigidos se impondrá una sanción de Q100.

El próximo 14 de enero entra en vigencias las reformas al reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), en el que se establecen requisitos y características respecto de facturas, facturas especiales, facturas de los regímenes de tributación simplificada, notas de debito y de crédito.

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El Acuerdo Gubernativo 245-2022, establece que solo se podrá facturar como Consumidor Final por la venta de bienes o servicios cuyos montos sean menores a Q2500, así como en aquellos casos por servicios básicos de electricidad, agua potable o telefonía, que no excedan los Q500.

Por cada factura que incumpla con los requisitos exigidos se impondrá una sanción de Q100, con el fin de eliminar malas prácticas.

En la normativa, publicada en el diario oficial el pasado 14 de octubre, el Ministerio de Finanzas Públicas (Minfin) establece que los documentos mercantiles deberán cumplir con lo indicado en el numeral 9, que hace referencia al Número de Identificación Tributaria (NIT) del adquiriente, en el que se lee que, si el contribuyente no posee, “se consignará el Código Único de Identificación (CUI) del Documento Personal de Identificación (DPI)”.

Frases

En estas reformas al reglamento de la ley del mencionando impuesto también se toma en cuenta que, según corresponda a cada tipo de documento, conforme a la legislación vigente, las frases siguientes:

  • No genera derecho a crédito fiscal
  • Sujeto a retención definitiva
  • Pago directo, número de resolución y fecha
  • Sujeto a pagos trimestrales
  • En tanto, se establecen frases para el Régimen Especial de Contribuyente Agropecuario:
  • Con forma de pago sobre ventas brutas
  • Con forma de pago sobre las utilidades, no retener

Para el Régimen Electrónico de Pequeño Contribuyente y el Régimen Electrónico Especial de Contribuyente Agropecuario la frase ‘No retener’ y el número de incorporación al régimen se destacan en este acuerdo.

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Consumidor final

Durante 2021, del total de 650,738,957 facturas emitidas como “consumidor final”, 209,331 fueron por montos superiores a Q25 mil, lo que equivale a más de Q15 mil millones que no tienen un registro específico. Actualmente a junio del año 2022 del total de 341,884,156 facturas emitidas como consumidor final, 124,782 superan los Q25 mil, lo que equivale a más de Q8 mil millones que no tienen NIT.

Fuente Gobierno 

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