El martes, 9 de agosto, el juez Séptimo Penal Freddy Raúl Orellana Letona, resolvió ligar a proceso al periodista José Rubén Zamora Marroquín, director del matutino “elPeriódico“.
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Para ello, el juzgador realizó la exposición de una serie de puntos que sustentaron su resolución.
En su conclusión, el juez Orellana indicó que “existe una sospecha razonable, existe una sospecha fundada”, de que los sindicados pudieron haber incurrido en los delitos de los cuales son señalados.
“En virtud de los indicios, es necesario que se dicte un auto de procesamiento”, dijo el juzgador por el delito de lavado de dinero u otros activos.
Mientras que en el caso de Samari Carolina Gómez Díaz ha sido ligada a proceso por el delito de revelación de información confidencial o reservada.
Prisión preventiva
Luego de escuchar a los sujetos procesales, el juez dicta auto de prisión preventiva en contra de Samari Carolina Gómez Díaz, según el juzgador existe peligro de fuga y obstaculización a la averiguación de la verdad.
En cuando a la resolución por la situación de Zamora Marroquín, el juez mencionó que su judicatura “le asiste la razón al abogado Falla Ovalle”, al mencionar a uno de los empleados del matutino que brindó declaraciones anteriormente.
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Finalmente, el juzgador dio un plazo de tres meses al MP para que realice las investigaciones del caso.
Indicios
Para llegar a lo anterior, el juzgador realizó la lectura de los indicios que presentó el Ministerio Público (MP) y de los cuáles realizó un análisis, según aseguró.
El primero de ellos fue la cadena de custodia en cuanto a objetos incautados:
- El dinero en efectivo: Los formatos de cadena de custodia; y el indicio más trascendente, los 300 mil en efectivo. Para ello el MP trae la cadena de custodia, donde indica lo siguiente: 1058 billetes de 200 quetzales; 884 billetes de Q100;
- Ese dinero se encontraba dentro de una bolsa, según el MP. De esa bolsa también se tiene la cadena de custodia donde se indica quién la incautó y quien la embaló.
- Se tiene el álbum fotográfico forense. “Allí hay fotografías a color de la manera en que el dinero fue incautado y cómo fue contado con una máquina”, dijo el juez.
- El acta del MP donde se documenta dónde se encontró el dinero, dónde lo embalaron y en poder de quién quedó.
Indicios como declaraciones testimoniales:
Por otro lado, el juzgador también leyó varios indicios presentados por el MP, los cuales se refieren a declaraciones de varias personas.
- Declaración de Ronald Giovanni García Navarijo: “Ya que me consta que Sandoval Alfaro aún le consigue información ya que escuché varias
- Una fotografía de la pantalla de un teléfono celular (supuesta conversación de Zamora Marroquín en la que se refería a la recaudación de dinero)
- La versión de Jorge Barrios Sánchez, trabajador de Aldea Global. Leyó las funciones del mensajero como depósitos, cambios de cheques, etc.
- La declaración del señor Gabriel Antonio Oliveros de León.
- Ampliación de García Navarijo: “Posteriormente a esa reunión me llamó Zamora Marroquín y me indico que Sandoval Alfaro ya había hablado con la fiscal auxiliar (…)”
“Hemos visto cómo en este primer momento procesal hay un conjunto, un abanico, una serie de medios de convicción e indicios que coinciden con lo que el MP le atribuyen a los sindicados. Es decir, esos hechos tienen estrecha relación con los medios de convicción”, aseguró el juzgador.
Sobre las grabaciones
Finalmente, el juez se refirió a que si eran o no legales las grabaciones que presentó el MP.
“Hay que recordar que muchas sentencias de nuestro tribunal constitucional tienen como fundamente el derecho comparado”, dijo, con lo cual hizo referencia a las leyes de España por tratarse de un país que se acoge al respeto de los derechos humanos, según dijo.
“En cuanto a la pregunta, ¿las grabaciones hechas por particulares son legales? Las altas cortes de España han dado unos ejemplos”, dijo.
En concreto, el juez señaló que los audios no vulneran los derechos fundamentales de las personas sindicadas.