Por mayoría, los magistrados del tribunal constitucional confirmaron el rechazo a la amnistía por violación a los derechos humanos que se impulsaba en reformas a la Ley de Reconciliación Nacional.
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La acción que frenó la propuesta impulsada por diputados, entre ellos Fernando Linares Beltranena, apoyados por grupos de militares retirados, fue presentada por los ciudadanos Pedrina López De Paz de López, Paulina Ixpatá Alvarado de Osorio. También por Helen Beatriz Mack Chang, Sergio Fernando Vi Escobar y Héctor Oswaldo Samayoa Sosa.
“El Tribunal consideró que resulta constitucional y convencionalmente inviable. De disponer amnistía con relación a delitos que constituyan graves violaciones de derechos humanos o crímenes de lesa humanidad”, resaltó la Corte de Constitucionalidad.
Además, el tribunal constitucional señaló que la atribución que otorga la Constitución al Congreso para decretar amnistía por delitos políticos y comunes conexos, debe ejercerse con observancia y en congruencia por la protección de los derechos humanos. La jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el ius cogens, y los compromisos internacionales que ha asumido el Estado en tratados o convenciones.
Voto contrario
El magistrado que votó en contra de la sentencia fue Roberto Molina Barreto a las reformas a la Ley de Reconciliación Nacional. Que en 2013 también rechazó la sentencia por genocidio contra el militar José Efraín Ríos Montt y otros militares.
Además, Molina Barreto recibió críticas por tratar de mantener la inmunidad al expresidente Otto Pérez Molina en 2015. Ahora Molina Barreto intenta continuar en la Corte. Ya que volvió a postular como magistrado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) con el apoyo de grupos de políticos y empresarios.
Las reformas a la Ley de Reconciliación Nacional alarmó tanto a organizaciones de derechos en el país. Como en el extranjero por lo que solicitaron no apoyar esos cambios.