La Corte de Constitucionalidad (CC) ordenó que el empresario Gustavo Alejos debe volver a guardar prisión preventiva por el caso “Negociantes de la Salud”.
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De esa cuenta, el tribunal constitucional decidió amparar de manera definitiva a la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI), la cual buscaba que quedaran sin efecto las medidas sustitutivas que fueron otorgadas al procesado.
La FECI accionó de forma legal en contra de un fallo que emitió la Sala Tercera de Apelaciones del Ramo Penal, en el que se ordenaba modificar las medidas de coerción a Alejos, y permitirle que su casa fuera su cárcel.
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#AHORA #NegociantesDeLaSalud CC otorga en definitiva amparo a la FECI y revoca resolución de la Sala Tercera de Apelaciones que confirmó medidas sustitutivas al exsecretario de la presidencia Gustavo Alejos. @EmisorasUnidas
— Joel Maldonado (@JMaldonado_EUD) September 29, 2020
Alejos es señalado por el Ministerio Público (MP) por supuestamente haber integrado una red de corrupción que funcionaba en el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS).
La estructura se encargaba de gestionar los contratos para suministrar bienes y servicios al Seguro Social.
La extinta Comisión Internacional contra la Impunidad (CICIG) participó en las investigaciones del caso.
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Alejos y la red que operaba en el IGSS
Las investigaciones por corrupción en el IGSS evidenciaron que funcionarios y empleados públicos se involucraban en irregularidades para favorecer a determinados proveedores particulares a cambio del cobro de comisiones ilegales.
De esa cuenta, se comprometieron recursos estatales para realizar fines distintos.
En un comunicado de prensa que fue emitido cuando se destapó el caso se señaló que así:
” –Se fue– distorsionando la legitimidad de los procesos contractuales, generando un posible enriquecimiento ilícito para sí, y sobre todo, causar un serio detrimento a la idoneidad del servicio que debería prestarse a los usuarios de la seguridad social en Guatemala, con lo cual se estaría comprometiendo su salud e incluso su vida”.
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