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Publican la Ley de Aceptación de Cargos en el diario oficial

En el decreto se establece qué delitos están restringidos de este beneficio y cómo se aplicaría la reducción de penas, que llega hasta el 50 por ciento.

Este lunes 16 de diciembre fue publicada en el diario oficial la Ley de Aceptación de Cargos, que otorga beneficios de reducción de penas a procesados en casos penales.

Por medio del decreto 10-2019, el Congreso aprobó reformas al Código Procesal Penal. Las mismas entrarán en vigencia a partir del 16 de enero de 2020.

Con esta normativa se hace posible que los acusados puedan recibir hasta 50 por ciento de rebaja en las condenas de prisión si aceptan su culpabilidad en hechos delictivos.

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Según la ley, toda persona ligada a proceso penal tiene derecho a aceptar los cargos que el Ministerio Público le formule en la imputación o acusación, en tanto hayan sido acogidos por un juez o tribunal, en el auto de procesamiento o en la apertura a juicio.

“Esto implica aceptar los hechos, con sus circunstancias de tiempo, modo y lugar, la responsabilidad sobre los mismos y su calificación jurídica”, cita el artículo 491 Bis, que se adiciona al Código Penal.

Reducción de penas

La aceptación de cargos beneficiará a los procesados de la siguiente manera, según la fase procesal en que acepte la culpabilidad:

  1. Si el procesado acepta los cargos durante la audiencia de primera declaración o hasta antes de que se dicte auto de apertura a juicio, tendrá derecho a que las penas impuestas se le rebajen a la mitad.
  2. Si el procesado acepta los cargos después de dictado el auto de apertura a juicio y hasta antes de iniciar la audiencia de debate, tendrá derecho a que las penas se le rebajen en una tercera parte.
  3. Si el procesado acepta los cargos después de iniciada la audiencia de debate hasta antes de la recepción de pruebas, tendrá derecho a que las penas se le rebajen en una quinta parte.

Restricciones

La rebaja por la aceptación de cargos no se aplicará a delitos como: genocidio, desaparición forzada, ejecución extrajudicial, tortura, delitos contra los deberes de la humanidad, homicidio, parricidio, asesinato, violación y agresión sexual.

Tampoco se podrán beneficiar los acusados por ingreso a espectáculos y distribución de material pornográfico a menores de edad, promoción, facilitación o favorecimiento de prostitución, promoción, facilitación o favorecimiento de prostitución agravada.

Se excluyen también los delitos de actividades sexuales remuneradas con personas menores de edad, producción de pornografía de menores de edad, plagio o secuestro, trata de personas, robo agravado, extorsión, terrorismo, femicidio y delitos contemplados en la Ley contra la Narcoactividad.

En el Ejecutivo

La Ley de Aceptación de Cargos fue trasladada por el Legislativo al organismo Ejecutivo el pasado 3 de diciembre.

Aunque hasta ahora no se han dado pronunciamientos en el Gobierno acerca de si se procedió a vetarla o sancionarla, en el diario oficial donde se publicó el decreto, además de las firmas de integrantes de la junta directiva del Congreso, se observa que está suscrita por “Morales Cabrera”, sin indicarse nombre.

También la suscribieron Enrique Degenhart, el ministro de Gobernación; Carlos Martínez, secretario general de la Presidencia.

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