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Piden a la CC que suspenda el estado de Sitio que decretó el gobierno

Consideran como ilegal la limitación de garantías constitucionales.

Organizaciones de derechos humanos pidieron a la Corte de Constitucionalidad (CC) que suspenda el estado de Sitio que el gobierno decretó en 22 municipios del oriente y nororiente del país.

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Para eso se presentaron dos acciones legales ante el tribunal constitucional.

La Comisión Internacional de Juristas (CIJ), dirigida por el abogado Ramón Cadena, pidió un amparo en contra del mandatario por haber declarado la medida de excepción.

Según Cadena, las acciones que el gobierno de la República determinó para retomar el control de las referidas regiones constituyen arbitrariedades.

El abogado dijo que la acción es contra el presidente de la República, quien actuó en consejo de ministros, y del Congreso porque “no justificaron la estricta necesidad del estado de Sitio” y por ello consideran que "ponen en peligro a las poblaciones con esta medida".

También consideró innecesaria la aprobación de la limitación de algunos derechos humanos.

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En tanto, pueblos ancestrales solicitaron a la CC que se declare como inconstitucional el incremento de medidas de seguridad en Izabal y varios municipios aledaños.

De acuerdo el memorial, no son legales las acciones iniciadas por la administración de Jimmy Morales.

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Municipios en estado de Sitio

El gobierno de Guatemala emitió el acuerdo gubernativo 1-2019 el pasado miércoles 4 de septiembre, con el cual se declara estado de sitio en 22 municipios del oriente y nororiente del país.

Dicha medida fue tomada por la muerte violenta de tres soldados del Ejército de Guatemala, los cuales integraban una patrulla militar que fue emboscada en la comunidad Semuy II, en El Estor, en Izabal.

Las localidades sitiadas son:

  1. Todo el departamento de Izabal.
  2. Tactic, Tamahú, Tucurú, Panzós, Senahú, Santa María Cahabón, Santa Catarina La Tinta, Chahal y Fray Bartolomé de las Casas, de Alta Verapaz.
  3. Gualán, Río Hondo, Teculután y Usumatlán, de Zacapa.
  4. San Agustín Acasaguastlán y San Cristóbal Acasaguastlán, de El Progreso.
  5. Purulhá, en Baja Verapaz.

Las garantías constitucionales que estarán limitadas durante 30 días son:

  1. Libertad de acción.
  2. Detención legal.
  3. Interrogatorio a detenidos y presos.
  4. Libertad de locomoción.
  5. Derecho de reunión y manifestación.
  6. Tenencia de armas de fuego.

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