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¿La ley de Aceptación de Cargos favorecería la impunidad?, esto dicen los expertos

La CSJ presentó esta semana el proyecto de ley al Congreso, con este se pretende reducir las penas a las personas que admitan que cometieron delitos.

En el programa A Primera Hora, de Emisoras Unidas, se conversó este viernes acerca de la iniciativa de Ley de Aceptación de Cargos, presentada esta semana por la Corte Suprema de Justicia (CSJ), con la cual se pretende reducir las penas a las personas si admiten que cometieron los delitos.

Como invitados en cabina participaron Oswaldo Samayoa, catedrático universitario de derecho penal; Mario Castañeda, abogado penalista, ex fiscal del Ministerio Público (MP) y exviceministro de Seguridad; y Ofelia González Jácome, secretaria privada de asuntos estratégicos del MP. Mientras que por la vía telefónica se dialogó con Oscar Chinchilla, presidente del Congreso de la República.

Chinchilla se refirió al proceso que seguirá el Organismo Legislativo tras haber recibido el proyecto de ley.

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“Lo que debe hacerse es darle lectura y trasladarla a una comisión de trabajo, que podría ser sector la de justicia o reformas constitucionales u otra relacionada al tema de justicia, para que se analice y se dictamine”, explicó.

Al ser cuestionado sobre si se le dará prioridad a ese proyecto en el Congreso, mencionó que se tratará igual que todas las iniciativas, aunque no descartó que algún diputado presente una moción privilegiada para solicitar que sea conocida.

El entrevistado recordó que cuando los magistrados presentaron la iniciativa, expusieron que tienen cientos de casos y largas listas de expedientes, no solo de temas de corrupción, sino de diferentes delitos. También expresaron su preocupación por el “enorme hacinamiento y el mal estado del Sistema Penitenciario en Guatemala”, indicó.

En ese contexto, Chinchilla consideró que las cárceles en Guatemala deben modernizarse por el bien del sistema de justicia en el país.

¿Aplicación de ley generaría impunidad?

Ante planteamientos que algunos ciudadanos han hecho en rechazo a que se apruebe esta ley por temor a que contribuya a la impunidad, Samayoa, Castañeda y González expresaron que no es así, sino que serviría para reducir tiempos y “desfogar” los procesos en el Organismo Judicial (OJ) y el MP.

“Esta Iniciativa no está vinculada con generar impunidad ni con excarcelar rápidamente a las personas”, explicó Samayoa.

Añadió que en el escenario del tema procesal, ayudaría a diligenciar de forma más pronta la aplicación de justicia, pues al aceptar los cargos se impone la pena mucho más rápido. Mientras que en el escenario de las víctimas, con esta ley se les garantizaría una reparación digna.

Por su parte, González explicó que cuando se trata de casos de corrupción la víctima es el Estado, por lo cual correspondería a la Procuraduría General de la Nación (PGN) asumir ese rol.

Asimismo, dijo que esta iniciativa no constituiría una manera de impunidad ya que siempre existiría una sentencia condenatoria, sin necesidad de mayor desgaste procesal.

Y con relación a la referencia de que si la iniciativa “podría venir del Mariscal Zavala”, Samayoa y Castañeda dijeron que los exfuncionarios que están en prisión por casos de corrupción ya no alcanzarían los beneficios que menciona el proyecto, pues este es para personas cuyo proceso se encuentra hasta antes de la presentación de pruebas, y los casos de esos sindicados ya están más avanzados.

Iniciativa es positiva

Samayoa recordó que los beneficios penales y penitenciarios ya existen en Guatemala, están en la ley y se aplican todos los días, y lo que se está planteando no es nada nuevo. Mencionó entre los que están vigentes: la libertad anticipada, perdón judicial, redención de penas y prelibertad.

“No hay que satanizar el evento de beneficio como tal, pues esto ya existe en el país”, destacó.

Por su parte, González afirmó que el MP apoya la iniciativa porque la considera un mecanismo para desfogar el sistema penal, ya que a su criterio actualmente se ha rebasado la capacidad de los tribunales para la resolución de procesos, lo cual ha incrementado la mora judicial y fiscal.

“La iniciativa responde a esa intención de descongestionar el sistema, pero sin perder de vista el derecho de las víctimas a recibir una reparación digna e integral”, aseveró.

El MP considera que esta iniciativa responde a lineamientos de la política democrática de persecución penal del Estado, dijo la secretaria privada.

Para González, la aplicación de esta ley contribuiría a reducir la gran carga existente en tribunales de justicia, así como reducir los tiempos de trabajos que realizan los fiscales en sus investigaciones. “Se obtendrían sentencias de manera expedita y con la reparación para las víctimas”, mencionó.

E instó a los guatemaltecos a leer la iniciativa para poder analizarla y opinar sobre ella, pues a su criterio “todos deberíamos estar unidos para que el sistema de justicia avance y se fortalezca”.

¿Qué contempla la iniciativa?

Samayoa recordó que el artículo 15 de la iniciativa establece que cuando entre en vigencia se va a aplicar de acuerdo a los tiempos procesales en que se encuentre cada una de las personas.

Si el señalado acepta los cargos en la etapa de primera declaración, se le reduciría la pena en una tercera parte; si lo hace durante la etapa de investigación, se le rebajaría en una cuarta parte; mientras que si lo hace hasta antes de la presentación de pruebas, la reducción sería de una quinta parte, indicó el catedrático.

“Dependiendo el estado en que se encuentre el proceso en su momento, así será la reducción de penas”, resumió Castañeda.

Mientras tanto, González hizo saber que la persona puede aceptar uno o más delitos, y con los que no admita se seguiría el proceso ordinario.

El catedrático universitario mencionó que si se aprueba la ley, la audiencia de reparación a la víctima se realizaría antes de dictar una sentencia e imponer una pena; y no después como en un proceso ordinario. De igual forma, la víctima debe estar de acuerdo en la reparación, sino el beneficio no procede, aseguró.

¿Diferencia entre procedimiento abreviado y el proyecto presentado?

Castañeda expuso que el procedimiento abreviado tiene un marco de hasta 5 años de prisión. Añadió que si el delito cometido contempla ese período de cárcel entonces sí procede, en cambio en la iniciativa presentada puede ser cualquier cargo, con excepción de delitos de lesa humanidad.

En tanto, Samayoa dijo que con la nueva ley la decisión de aceptación de cargos está en el sujeto que está siendo investigado o procesado penalmente, pero en el procedimiento abreviado es el MP el que tiene la decisión de proponerlo o no, porque es él quien valora si amerita una pena que no supere los 5 años.

Ambos expertos aclararon que de aprobarse la ley, esta se aplicaría solo a la aceptación de cargos para la pena principal y no para penas accesorias.

Samayoa explicó que las penas principales son cuatro: muerte, prisión, arresto y multa; y las penas accesorias incluyen inhabilitaciones especiales como la de ejercer un cargo.

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