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Congreso aprueba artículo 5 del proyecto de reformas constitucionales

Diputados aprobaron con 105 votos el artículo 5, con una enmienda incorporada, del proyecto de reformas constitucionales al sector justicia.

Con 105 votos a favor, los diputados del Congreso de la República aprobaron este miércoles el artículo 5 del proyecto de reformas a la Constitución Política de la República, el cual modifica el artículo 207 de esa ley.

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Los parlamentarios propusieron y aprobaron una enmienda del mencionado artículo, en la cual se amplían los requisitos e incompatibilidades para ser juez o magistrado.

Con la modificación, el artículo 207 establece que quienes ocupen esos cargos deben ser guatemaltecos de origen, de reconocida honorabilidad y ser abogados y notarios colegiados activos, mientras que en la Constitución no se manifestaba la necesidad de que tuvieran esta última característica.

“Ser abogados colegiados, salvo las excepciones que la ley establece con respecto a este último requisito en relación a determinados jueces de jurisdicción privativa y jueces menores”, se lee en la ley vigente.

Incompatibilidad con otros empleos

Por aparte, el artículo reformado establece que “la función de magistrado o juez es incompatible con cualquier otro empleo, cargos de dirección o asesoría en organizaciones políticas, sindicatos o entidades que reciban, administren o ejecuten recursos del Estado”.

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Añade también la prohibición de ocupar cargos en el sistema de justicia si al mismo tiempo las personas se desempeñan como ministros de cualquier religión o culto. Y hace la excepción en cuanto al ejercicio de la docencia.

En este caso, la enmienda adhirió la incompatibilidad de ejercer los referidos cargos en el sistema de justicia si se está dando asesoría a las agrupaciones políticas y sindicatos, pues en la Constitución solo se habla de cargos directivos. Asimismo, no se contemplaba el tema de las entidades con fondos del Estado.

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