Una de las solicitudes incluidas en la querella penal presentada por el presidente Bernardo Arévalo contra el fiscal Rafael Curruchiche generó una fuerte polémica en redes sociales: el embargo de Q4 millones, monto que, según el propio fiscal, equivale a 25 salarios.
A partir de esa afirmación, usuarios en redes sociales hicieron una operación simple —Q4 millones divididos entre 25— y concluyeron que Curruchiche percibiría un salario mensual de Q160 mil, cifra que rápidamente se viralizó y provocó una ola de comentarios.
El fiscal fue cuestionado por periodistas al salir de la audiencia donde se discutían las medidas solicitadas por el mandatario, pero evitó responder sobre el tema salarial.
Horas después, publicó un video en sus redes sociales en el que negó ganar esa cantidad. En las imágenes, aparece contando billetes y afirma que ese ingreso sería propio de un presidente de la República.
“Ni que fuera presidente. Nadie en su sano juicio sale que gana esa cantidad en Guatemala. Eso lo inventaron los netcenter y falsos periodistas para ocultar lo que pasa en el país”, aseguró Curruchiche.
Su postura previa: el salario “no se puede revelar”
No es la primera vez que el fiscal se pronuncia sobre este tema. En una conferencia de prensa realizada meses atrás, Curruchiche sostuvo que su salario no puede hacerse público, argumentando que la Ley de Acceso a la Información Pública lo prohíbe.
“De acuerdo con el artículo 24 de la Ley de Libre Acceso a la Información Pública, el salario de una persona no se puede proporcionar”, afirmó entonces.
Esa interpretación fue cuestionada por Edgar Ortiz, abogado y representante del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG) ante una comisión de postulación del TSE, quien explicó que la Constitución establece lo contrario.
Ortiz recordó que el artículo 30 de la Constitución Política de la República de Guatemala establece que toda la información en poder del Estado es pública, salvo excepciones muy concretas.
Además, citó la propia Ley de Acceso a la Información Pública:
- El artículo 10, literal 4, establece que los salarios de los funcionarios públicos son información pública de oficio.
- El artículo 23 aclara que no se trata de información protegida por seguridad nacional, investigaciones penales, propiedad intelectual ni asuntos diplomáticos.
“Para que el fiscal tuviera razón, tendría que existir una causa legal específica que justifique la reserva. En este caso, no la hay”, explicó Ortiz.
Mientras Curruchiche niega el monto que circula en redes y mantiene su postura sobre la reserva de su salario, expertos legales sostienen que los ingresos de los funcionarios públicos deben ser transparentes.
