Luego de la publicación en el Diario Oficial del Decreto Gubernativo 1-2026, mediante el cual el Ejecutivo declaró estado de sitio en todo el territorio nacional, el proceso entra ahora en una fase clave dentro del Congreso de la República.
De acuerdo con la Constitución Política de la República de Guatemala, el Congreso debe conocer, ratificar, modificar o improbar el decreto emitido por el presidente Bernardo Arévalo en Consejo de Ministros.
Para ello, el Legislativo cuenta con un plazo máximo de tres días para pronunciarse, contados a partir de que el decreto fue remitido oficialmente.
Mientras el Congreso no emita una resolución, el estado de sitio permanece vigente, lo que permite al Ejecutivo aplicar medidas excepcionales para restablecer el orden público, en respuesta a la reciente ola de violencia, ataques contra agentes de la Policía Nacional Civil y los motines registrados en los centros carcelarios de Renovación I, Fraijanes II y el Preventivo para Varones de la zona 18.
Mira acá: Publican en el Diario Oficial el decreto de estado de sitio en Guatemala
¿Qué puede decidir el Congreso?
Los diputados tienen tres opciones:
- Ratificar el estado de sitio, lo que permitiría que continúe durante el plazo establecido de 30 días.
- Modificarlo, ya sea en duración o alcance territorial.
- Improbarlo, lo que obligaría al Ejecutivo a dejarlo sin efecto de inmediato.
Medidas en vigor
El decreto restringe temporalmente algunos derechos constitucionales, como la libertad de reunión, manifestación y circulación, además de facultar a las fuerzas de seguridad a realizar detenciones sin orden judicial en casos relacionados con la alteración del orden público.
Estas acciones, según el Gobierno, buscan contener a estructuras criminales señaladas de coordinar ataques armados y disturbios simultáneos.
En tanto el Congreso delibera, el Ejército y la Policía Nacional Civil continúan desplegados en apoyo a la seguridad ciudadana, bajo el marco legal que establece el estado de sitio.
