El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) emitió el Acuerdo Ministerial No. 2031-2025, con el cual se restringe la circulación del transporte de carga pesada en distintas rutas del país durante las festividades de Navidad y Año Nuevo, con el objetivo de garantizar la seguridad vial y facilitar la movilidad.
Según el acuerdo, la medida aplica al transporte de carga pesada nacional e internacional de un peso bruto de más de 3.5 toneladas métricas, y estará vigente en los siguientes horarios:
- Miércoles 24 de diciembre de 2025, de 12:00 a 24:00 horas
- Jueves 25 de diciembre de 2025, de 00:00 a 24:00 horas
- Miércoles 31 de diciembre de 2025, de 12:00 a 24:00 horas
- Jueves 1 de enero de 2026, de 00:00 a 24:00 horas
La restricción alcanza a los vehículos que transporten productos perecederos, alimentos, bebidas, combustibles, equipo audiovisual para eventos autorizados, así como grúas que transporten equipo especial.

¿A quiénes no aplica?
El acuerdo detalla que no se requiere permiso especial para circular si se trata del traslado de productos de la canasta básica, ayuda humanitaria, medicamentos, combustibles, valores y equipos de respuesta a emergencias. No obstante, los transportistas deberán portar la documentación legal que respalde el traslado.
Rutas incluidas
Entre los tramos donde se aplicará la restricción figuran:
- CA-9 Norte, desde Puerto Barrios hasta el kilómetro 290
- CA-9 Sur, desde Puerto Quetzal hasta el kilómetro 104
- CA-1 Interamericana, en ambos sentidos
La Dirección General de Transportes (DGT) será la encargada de verificar el cumplimiento del acuerdo, mientras que las sanciones se impondrán conforme a la normativa vigente.
El acuerdo fue emitido el 11 de diciembre de 2025, publicado este miércoles 17 de diciembre y entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario de Centro América.
