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En Guatemala, el aguinaldo es un derecho que todos los trabajadores deben recibir cada año.
Este beneficio está establecido en el Decreto 76-78, conocido como la Ley Reguladora de la Prestación del Aguinaldo, la cual indica que esta prestación es obligatoria y no puede ser renunciada por el empleado.
El pago debe realizarse en efectivo y debe quedar registrado por escrito, de manera que exista constancia de la transacción.

La normativa permite que el pago se haga de dos formas:
- Pago único: entregar el aguinaldo completo dentro de la primera quincena de diciembre.
- Pago dividido: entregar la mitad en la primera quincena de diciembre y la otra mitad en la segunda quincena de enero del año siguiente.
Con la llegada de estas fechas, los empleadores deben cumplir con esta obligación y los trabajadores pueden verificar que el pago se realice dentro de los plazos previstos.
