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Entra en vigor la nueva Ley de Portabilidad Numérica en Servicios de Telefonía

Este viernes se publicó en el DCA el decreto.

Recuerda: Ley de Portabilidad: usuarios podrán conservar su número al cambiar de compañía telefónica en Guatemala

El Diario de Centro América publicó este viernes 28 de noviembre el Decreto 14-2025, con el cual el Congreso de la República aprobó la Ley de Portabilidad Numérica en Servicios de Telefonía, una normativa que garantiza a los usuarios mantener su número telefónico aun cuando cambien de operador.

La nueva ley establece que el número de teléfono se convierte oficialmente en un identificador personal, al mismo nivel que el CUI o el NIT, reconociendo su importancia para los trámites cotidianos, actividades económicas y servicios digitales.

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Decreto Congreso (Foto: DCA)

¿Qué establece la nueva ley?

De acuerdo con el decreto publicado:

  • Todo usuario podrá cambiar de compañía telefónica sin perder su número, mediante un proceso regulado, transparente y gratuito.
  • Los operadores deberán informar plazos y requisitos, garantizar la transferencia del número sin trabas y respetar los tiempos establecidos por la Superintendencia de Telecomunicaciones (SIT).
  • La portabilidad aplica tanto a líneas prepago como pospago.
  • Está prohibido que las compañías impongan obstáculos, retengan el número de forma indebida o dificulten el proceso.
  • Se establece que el usuario mantiene su línea aun si tiene un contrato vigente, siempre que cumpla obligaciones contractuales mínimas.
  • La SIT deberá emitir el Reglamento de Portabilidad Numérica dentro de un plazo de 2 meses.

Los costos de implementación, sistemas tecnológicos y adecuaciones serán responsabilidad de los operadores de telecomunicaciones, quienes deberán garantizar la compatibilidad de redes y plataformas para que la portabilidad funcione sin afectar la calidad del servicio.

Además, los proveedores deberán inscribirse en el Registro de Telecomunicaciones y cumplir con los controles de numeración definidos por la SIT.

¿Cuándo entra en vigor?

El Decreto 14-2025 establece:

  • Entra en vigencia inmediatamente, al ser publicado este 28 de noviembre en el Diario de Centro América.
  • Su aplicación será obligatoria en todo el territorio nacional.
  • La transición completa hacia la portabilidad numérica deberá ejecutarse en un plazo máximo de seis meses.

¿Quiénes quedan exentos?

Los operadores rurales con menos del 2 % de numeración fija asignada quedan exceptuados de algunas obligaciones técnicas específicas, según lo establecido en la reforma del artículo 22 Bis de la Ley General de Telecomunicaciones.

       

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