Guatemala

Contribuyentes que declaren a cero durante un año serán inhabilitados

La Superintendencia de Administración Tributaria, que dirige Werner Ovalle, comenzará, oficialmente, esta medida en abril de 2026.

Superintendencia de Administración Tributaria
Sede. Superintendencia de Administración Tributaria.

Es frecuente que cientos de contribuyentes, ya sea comerciantes o profesionales que brindan servicios técnicos a entidades, declaren a cero los impuestos cada mes. En ese sentido, la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) los dejará inhabilitados cuando registren un año, de forma consecutiva, sin emitir facturas en su declaración mensual.

PUBLICIDAD

Recientemente Werner Ovalle, titular del ente recaudador, explicó que se trata del cumplimiento al Decreto 31-2024, que contiene la Ley para la integración del sector productivo, primario y agropecuario.

Esta ley entró en vigencia el mes pasado y será en abril de 2026 cuando la SAT comience con la inhabilitación a los contribuyentes que declaren a cero sus impuestos durante 12 meses seguidos.

“Nos va a permitir tener estrategias de comunicación para dar a conocer al contribuyente los derechos de la forma en que vamos a actuar”, dijo Ovalle durante un evento organizado por Cámara de Comercio Guatemalteco-Americana (AmCham Guatemala).

Cifras

En cuanto a los contribuyentes que, en la actualidad, están en ese rubro de mantener 12 meses a cero sus tributos, la SAT informó que son 590 mil.

Además, la SAT ha efectuado desde octubre de 2023 suspensión de contribuyentes al impuesto al valor agregado (IVA) a 700 mil contribuyentes debido a omisos, es decir, dejar de reportar al fisco los ingresos mensuales para el cálculo del impuesto. De ese dato, 160 mil ya se regularizaron. Esto quiere decir que revisaron sus omisos y la mora, pagaron y volvieron a estar activos.

Beneficio

El ente recaudador detalló también que al suspender a los contribuyentes de la afiliación al IVA por estar sin movimientos o sin operaciones serán beneficiados porque estarán excluidos de las omisiones, es decir, haber olvidado declarar un mes a cero. Por ejemplo, la omisión para el régimen de pequeño contribuyente es de 150 quetzales. Así también, dejarán de acumular multas por la presentación extemporánea de sus declaraciones.

PUBLICIDAD

Con la suspensión o inhabilitación los contribuyentes dejan de tener acceso a la emisión de facturas electrónicas, pero, especifica la SAT su NIT sigue activo.

Recaudación

En cuanto a la recaudación del IVA, a la fecha acumula 325 millones de quetzales que corresponden desde el 4 de octubre de 2023 al 30 de abril de 2025 en relación con los contribuyentes suspendidos del régimen y que se han regularizado.


Lo que dice la ley

  • Inhabilitación. El artículo 31 de la Ley para la integración del sector productivo, primario y agropecuario detalla que el contribuyente “quedará inhabilitado al respecto de la emisión de facturas electrónicas cuando de forma consecutiva los contribuyentes presenten 12 o más declaraciones con valor cero en las casillas correspondientes de ingresos y gastos”.

PUBLICIDAD

Tags

Lo Último