El Ministerio Público (MP) por medio de la Fiscalía de Delitos Administrativos, presentó una solicitud de retiro de antejuicio contra la abogada Karen Jeanette Chinchilla Menéndez, Jueza del Juzgado Duodécimo Pluripersonal de Primera Instancia Penal, Narcoactividad, Especializado en Delitos contra el Ambiente y Patrimonio Cultural de Guatemala, por la posible comisión de los delitos de prevaricato y abuso de autoridad.
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Esto en virtud de la resolución emitida el 14 de marzo de 2024, en la que se otorgó medida sustitutiva a favor de los magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Irma Elizabeth Palencia Orellana, Gabriel Vladimir Aguilera Bolaños, Ranulfo Rafael Rojas Cetina y Mynor Custodio Franco, vinculados en la investigación que se realiza por posibles irregularidades en la suscripción del contrato administrativo para adquirir el programa informático para la Transmisión de Resultados Preliminares (TREP) del proceso electoral 2023.
De acuerdo con la fiscalía, el delito de fraude por el cual fueron ligados a proceso los sindicados constituye un delito grave, por lo que las medidas sustitutivas otorgadas afectan grave y perjudicialmente al MP al limitarse la investigación, pues desde el momento en que los sindicados acuden nuevamente a ejercer sus funciones en la sede del TSE, pueden destruir, modificar u ocultar elementos de prueba.
Asimismo, la institución detalla que pueden influir en testigos o peritos para que se comporten de manera desleal o reticente, puedan ser objeto de represalias o ser coaccionados para no declarar, pues los sindicados son la máxima autoridad del TSE y algunos testigos aún laboran en dicha dependencia, detallan.
INCUMPLIMIENTO A PARÁMETROS LEGALES
“La caución económica de cien mil quetzales impuesta a cada sindicado es desproporcional, debido a que, lo defraudado al Estado equivale a 148,850,250.00 quetzales, precio de adquisición del sistema informático TREP, por lo que abusando de su cargo y de su función y a sabiendas de lo establecido en el Código Procesal Penal en relación con la proporcionalidad, la jueza dictó resolución contraria a la ley al no decretar prisión preventiva, incumpliendo los parámetros legales establecidos en los artículos 262 y 263 del Código Procesal Penal, consistentes en inobservar los peligros de fuga y obstaculización para la averiguación de la verdad”, describe el comunicado.
En ese sentido, el MP detalla que es de suma importancia recalcar que, el Congreso de la República de Guatemala declaró con lugar la solicitud de antejuicio en contra de los sindicados el 30 de noviembre de 2023 en horas de la noche, y los sindicados salieron del territorio guatemalteco algunas horas después de emitida la resolución.
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Según el informe del Instituto Guatemalteco de Migración, de fecha 21 de marzo de 2024, los sindicados no registran la forma de como ingresaron y retornaron al país luego de haber salido en la fecha indicada anteriormente, situación que refuerza el peligro de fuga, pues demuestra que tienen facilidad para entrar y salir del territorio nacional sin ningún control, señalan las autoridades.
“También es preciso resaltar que la jueza no permitió el procedimiento policial de aprehender a los sindicados, aun cuando no se habían revocado las órdenes de aprehensión, así como suspender las audiencias que se tenían programadas en ese juzgado en distintas causas penales para ese día, con el objetivo de beneficiar a los sindicados”, señalan.
Aunado a ello personal del Ministerio Público se abocó a dicho juzgado a recabar información y, pese a que ya se encontraba señalada para el 19 de abril de 2024 una audiencia dentro de la causa judicial, se informó que no existía audiencia señalada, lo que demuestra interés en beneficiar a los sindicados, dice el MP.
Derivado de lo antes referido, también se solicitó la recusación de dicha jueza, con la finalidad de que se designe a un nuevo juez contralor dentro de la presente causa.
Finalmente, por lo antes expuesto la Fiscalía de Delitos Administrativos ha presentado la solicitud del levantamiento de la inmunidad para poder iniciar las investigaciones de conformidad con el mandato legal del Ministerio Público, ya que es únicamente a través de la investigación objetiva e imparcial que se puede establecer si existe la comisión de hechos delictivos y lograr la averiguación de la verdad, concluyen.