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Congreso deberá disolver comisión presidencial creada para analizar ley de Competencia

La máxima corte de Guatemala reiteró que diputados independientes no pueden presidir, y le ordenó al presidente del Legislativo, anular acuerdo que dio vida a la mesa técnica que presidía Samuel Pérez.

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Diputado independiente Samuel Pérez. La Corte de Constitucionalidad (CC) decidió a favor del bloque de oposición VAMOS, el tribunal otorgó una acción de debida ejecutoria en la que deroga la mesa técnica que analiza la Ley de Competencia.

Este día, la Corte de Constitucionalidad (CC) decidió a favor del bloque de oposición VAMOS, el tribunal otorgó una acción de debida ejecutoria en la que deroga la mesa técnica que analiza la Ley de Competencia. Los acuerdos para la creación de la comisión presidencial fueron emitidos por la Presidencia del Congreso de la República de Guatemala.

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El diputado independiente Samuel Pérez había sido el designado para liderar esa instancia. Por su parte, desde el anuncio de la creación de la ley, ha sido un tema que ha generado debate en el hemiciclo.

En una conferencia de prensa, Nery Ramos informó sobre el acuerdo 1 - 2024, que calificaba este órgano como una comisión, pero ante los cuestionamientos de la oposición, por estar presidida por un diputado independiente, se modificó mediante el acuerdo 2 - 2024, quedando como una “mesa técnica”.

LOS ARGUMENTOS DE LA CC QUE INVALIDARON LA COMISIÓN PRESIDENCIAL

Según la CC, una de las razones es porque se basaron en la resolución de un amparo provisional emitido el 30 de enero, en donde reafirmaba que ningún diputado independiente podía ocupar la presidencia de comisiones, y que advertía sobre la emisión de posibles acuerdos para los mismos.

“Se declara que los acuerdos 1 - 2024 y 2 - 2024 del Presidente del Congreso de la República inobservan la ley y el amparo provisional decretado por esta Corte, por lo que, para el debido cumplimiento del amparo provisional decretado, la autoridad que los emitió, debe proceder a derogarlos, para lo cual se fija un plazo de 48 horas”, detalla.

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