La Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones del departamento de Petén otorgó un amparo provisional y dejó sin efecto la terna de aspirantes a gobernador de ese departamento.
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Según el documento, la votación para la elección de la terna de candidatos violentó el principio de publicidad, de conformidad con el artículo 30 de la Constitución Política de la República.
“En el presente asunto se dan las circunstancias según lo estipulado en el artículo 28 inciso (d) de la Ley de Amparo Exhibición, Personal y de Constitucionalidad, en virtud de ello se otorga el amparo provisional solicitado por el amparista; VI) Consecuencia del Amparo Provisional otorgado”, describe el documento.
A lo anterior, se deja en suspenso provisionalmente el acta 05-2024 que contiene la reunión extraordinaria del Consejo Departamental de Desarrollo de Petén, en la que se seleccionó la terna de candidatos a gobernador titular y suplente del departamento de Petén.
PLAZO
Así mismo, la misiva detalla que esta situación permanecerá hasta que la presente acción constitucional de amparo sea resuelta en definitiva o el amparo provisional otorgado sea revocado por este tribunal o por un órgano jurisdiccional competente.
También da un plazo de 48 horas y dos días al Consejo Departamental de Desarrollo de Petén para que remita el informe circunstanciado sobre la sesión pública, el procedimiento para la selección de la terna y la forma de cómo se votó para integrar las ternas de candidatos para ocupar el cargo de gobernador del departamento.