Noticias

¿Cuentas con una Tarjeta de Crédito? Conoce sobre la nueva ley que el Congreso aprobó en beneficio de la población

El Decreto 2- 2024 detalla sobre beneficios y obligaciones de los tarjetahabientes.
Tarjetas de crédito. El Decreto 2-2024 busca reforzar la educación financiera en la población Guatemalteca. Foto Congreso de Guatemala.

El Congreso de la República de Guatemala aprobó el Decreto 2-2024, Ley de Tarjetas de Crédito, con el objetivo de que los guatemaltecos que decidan adquirir este sistema de pago cuenten con información completa, exacta y no capciosa sobre los bienes y servicios, técnicos, condiciones, cargos aplicables y costo final del uso de una tarjeta de crédito.

PUBLICIDAD

A su vez, está normativa busca reforzar la educación financiera por lo que los emisores deben promover programas dirigidos a los usuarios. Por ello, la Dirección de Atención al Consumidor (DIACO), la Superintendencia de Bancos y el Ministerio de Educación, en conjunto con los emisores de tarjetas de crédito, deben organizar de forma anual la “Feria de Educación Financiera”, explica la normativa.

También legisla en contra del acoso u hostigamiento para la cobranza, para evitar posibles abusos de parte del acreedor o agente de cobranzas así como las comunicaciones para cobro en días y horas inhábiles.

BENEFICIOS DE LA NUEVA NORMATIVA

-Prohíbe la cobranza abusiva de manera insistente y repetitiva.

-Garantiza las mejores condiciones entre el emisor y los tarjetahabientes.

-Permite la reestructuración de deuda.

PUBLICIDAD

-Las cooperativas también podrán operar como emisores de tarjetas de crédito.

-Evita los cobros abusivos e injustificados.

-Protege los derechos de los guatemaltecos.

OTROS ASPECTOS

La Ley establece todo lo relativo al contrato entre el emisor y el tarjetahabiente cuenta con 19 cláusulas que hablan del límite de crédito, plazo del contrato, tasas de interés, comisiones, derechos y obligaciones de ambas partes, fecha límite de pago, pago mínimo, y otros temas importantes.

En esa medida, el emisor de la tarjeta de crédito, previo a conceder una línea de crédito o modificar el límite de una línea de crédito, debe confirmar que el solicitante tenga la capacidad de pago respectiva.

Con relación a los convenios de pago, por medio de una enmienda, el Artículo 11 de la Ley, establece que los emisores deberán celebrar convenios de pago cuando los tarjetahabientes no puedan responder a dos o más pagos oportunos o cuando la deuda contraída haya arribado al 150% del límite autorizado.

En tanto, el capítulo V, establece las infracciones y sanciones administrativas, delitos relacionados a tarjetas de crédito como la clonación y robo de datos, por lo que el responsable de este delito será sancionado con prisión de seis a diez años y una multa de Q150 mil a Q500 mil. La portación de tarjetas de crédito o débito ilegales, distribución y comercialización de tarjeta de forma ilegal, uso fraudulento y circunstancias agravantes también serán sancionadas.

PUBLICIDAD

Tags

Lo Último