Opinión

"No más violencia contra la mujer"

"El delito de la violencia contra la mujer fue el delito más denunciado en el MP en 2021 y se registraron casi 60 mil denuncias. Las mismas han ido aumentando paulatinamente desde hace una década."

Hoy se celebra el Día internacional de la mujer. Luego de una serie de acontecimientos desde el año 1908, en el año 1977, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) designó oficialmente el 8 de marzo el Día internacional de la mujer. Luego, en 2011, se celebró el centenario de la celebración, con la premisa de “Igualdad de género y el empoderamiento de la mujer” (ONU Mujeres).

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Ante esta celebración, el CIEN decidió hacer un estudio relacionado con el delito de violencia contra la mujer con el fin de comprender qué enmarca, cómo se aplica y qué desafíos hay a futuro.

La violencia contra la mujer es una forma de discriminación contra la mujer y ocurre cuando existe una violación a sus derechos humanos o libertades fundamentales que ya no le permiten ejercer y gozar de esos derechos. Esas violaciones pueden constituir delitos regulados en el marco legal y, lo esencial es, que estos usualmente o por definición legal se cometen en contra de mujeres.

El Congreso de la República aprobó en el año 2008 la Ley contra el Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer. Esta contempla la introducción de los delitos de femicidio y de violencia contra la mujer, además, también norma la creación de órganos especializados en la justicia de género.

El delito de violencia contra la mujer se define como: “Toda acción u omisión basada en la pertenencia al sexo femenino que tenga como resultado el daño inmediato o ulterior, sufrimiento físico, sexual, económico o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos… tanto si se produce en el ámbito público como en el ámbito privado”. El rango de pena para este delito oscila entre 5 y 12 años de prisión. El ámbito privado se refiere a relaciones domésticas, de familia y de pareja; el ámbito público abarca las relaciones en la comunidad, como lo laboral, educativo, religioso o social. Es importante señalar que, para darse este delito, la ley exige una relación interpersonal entre la víctima y el victimario, o que la violencia se manifieste en el marco de un rito grupal, como satisfacción de instintos sexuales en menosprecio del cuerpo de la víctima o por misoginia. De lo contrario, la ley no aplica.

Según la ley, la violencia contra la mujer se puede dar en cuatro manifestaciones diferentes: 1) física, 2) psicológica, 3) sexual y 4) económica. Una denuncia puede contener una o más manifestaciones. La manifestación más denunciada desde el año 2014 es la violencia psicológica (40% en 2021), seguida por la física (25% en 2021). También es importante mencionar que uno de cada tres registros (21,363 en 2021) no tenía especificado el tipo de violencia.

El estudio muestra que en el año 2014 el Estado de Guatemala fue sancionado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia del caso María Isabel Veliz Franco vs. Guatemala, lo que impulsó el avance de la creación de órganos de investigación, persecución y judicialización del delito de violencia contra la mujer y al mismo tiempo se procuró por medio de capacitaciones al personal la aplicación de la perspectiva de género, la erradicación de estereotipos hacia la mujer y de esa manera poder garantizar una atención sin discriminación. Paralelamente, se empezó a reforzar la atención a la víctima, que es un componente esencial de la justicia especializada.

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En estos últimos años, el Ministerio Público (MP) ha ampliado la cobertura de la Fiscalía de la Mujer a todos los departamentos y el Organismo Judicial (OJ) extendió la cobertura de juzgados y tribunales para este delito a 17 departamentos, incluyendo dos salas de Apelaciones especializadas, lo cual es único en toda Latinoamérica. Ese esfuerzo ha permitido mejorar la accesibilidad para las víctimas que deseen denunciar.

También se han puesto en marcha medidas de prevención, como el call center del MP con el número 1572, una aplicación para teléfonos que consiste en un botón de pánico que permite rastrear la ubicación de la mujer, así como la Alerta Isabela Claudina para mujeres desaparecidas. En las instituciones las víctimas de violencia contra la mujer reciben una atención y un acompañamiento integral, incluyendo apoyo psicológico o legal, con el fin de garantizar una atención y orientación adecuada para las víctimas.

El delito de la violencia contra la mujer fue el delito más denunciado en el MP en 2021 y se registraron casi 60 mil denuncias. Las mismas han ido aumentando paulatinamente desde hace una década. El Ministerio Público dio salidas a más de 58 mil casos durante el año pasado, cifra que duplica las salidas registradas entre los años 2018 y 2020. La salida más frecuente en todos los años es la desestimación. Según las entrevistas realizadas, muchas denuncias no constituyen violencia contra la mujer o delito alguno, también hay un reto cuando las víctimas no quieren o pueden seguir con la denuncia y los trámites y exámenes que la misma requiere para reunir la evidencia necesaria. Adicionalmente, muchas mujeres denuncian con el objetivo de obtener una medida de seguridad, pero no están dispuestas a seguir una denuncia formal. Sin embargo, de delitos de violencia contra la mujer que se logran judicializar, el 80% de las sentencias son condenatorias.

El estudio concluye que deben seguirse trabajando en los esfuerzos institucionales de la justicia especializada, ampliar la cobertura y mejorar el monitoreo. Dotar de recursos a instituciones auxiliares de la justicia penal como el Inacif y el IDPP para dar una respuesta más pronta. Seguir promoviendo la denuncia, brindar asesoría oportuna a las víctimas acerca del proceso penal y dirigirlas a los órganos correspondientes. Mejorar los datos existentes, ya que se desconoce la verdadera dimensión del delito de violencia contra la mujer en el país. Reforzar la atención a las víctimas que necesiten alternativas para reorientar su vida, en especial acceso a albergues y acompañamiento para independizarse emocionalmente y/o económicamente. Capacitar, formar y divulgar información enfocada a diferentes públicos: población en general, profesionales, comunicadores y mujeres. Implementar medidas de prevención y empoderamiento de la mujer logrando la protección a la niñez, la educación integral y las oportunidades de desarrollo para todas las mujeres. ¿Cómo erradicar la cultura de violencia contra la mujer en Guatemala? ¿Por qué el tema de violencia contra la mujer es poco discutido? ¿Cómo logramos la igualdad de oportunidades para todos y todas?

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