El fin del Ministerio Público (MP), según el artículo 251 constitucional, es velar por el estricto cumplimiento de las leyes del país. Es una institución auxiliar de los tribunales de justicia, que debe contribuir a la consecución del objeto del Organismo Judicial (OJ), como es la administración de justicia. El MP tiene una parte muy importante en el cumplimiento de su deber fundamental, dado que el proceso penal solo se desarrolla con su participación, como ente acusador oficial, por lo que la justicia, al menos la penal, no podría garantizarse sino por medio de dicha institución.
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El sistema nacional de seguridad y de justicia está constituido por la Policía Nacional Civil (PNC), el MP, el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), el Instituto de la Defensa Pública Penal (IDPP), el OJ y el Sistema Penitenciario (SP). El MP es determinante para hacer eficiente todo el sistema, ya que procesan todas las entradas, sea de manera directa o por medio de la PNC. Un estudio realizado por el CIEN del flujograma de justicia criminal del año 2016 muestra que el sistema mejoró de 13% a 29% respecto al año anterior, principalmente debido a los avances en el MP, que incrementó su eficiencia del 14% al 32%, y del OJ, que pasó del 20% al 21%.
La nueva fiscal general del MP señaló que sus prioridades serán los delitos contra la vida, las extorsiones, la delincuencia organizada y la corrupción".
La gestión del MP 2014-2018 se llevó a cabo considerando el Plan Estratégico Institucional 2015-2019, que tuvo cuatro ejes: 1) Política de persecución penal democrática y descentralizada, 2) Atención a la víctima del delito, 3) Grupos de población con requerimientos específicos, y 4) Desarrollo y consolidación de la institucionalidad del MP.
La nueva fiscal general del MP señaló que sus prioridades serán los delitos contra la vida, las extorsiones, la delincuencia organizada y la corrupción. Es a partir de estas que el MP deberá formular metas y definir resultados que permitan darle un sentido estratégico a la gestión de la investigación y la persecución penal.
En el plano general del sistema de seguridad y justicia es importante mejorar la coordinación interinstitucional, en especial con la PNC, lo que implica trabajar a nivel político estratégico, así como elaborar manuales y protocolos de actuación. También se debe contar con un sistema de información del sistema que permita una planificación estratégica integral, estableciendo metas y acciones para alcanzarlas, con un monitoreo trasparente y rendición de cuentas.
El MP es determinante para hacer eficiente todo el sistema, ya que procesan todas las entradas, sea de manera directa o por medio de la PNC".
En relación a la gestión del MP 2018-2022 se recomienda: 1) Analizar la Política Criminal Democrática del Estado de Guatemala ya que define las líneas estratégicas no solo del MP sino del sistema en sí. Como se comentó anteriormente, la coordinación interinstitucional con los tres organismos del Estado bajo los componentes de prevención, investigación, sanción y reinserción es imperante. 2) Evaluar el modelo de gestión. Varios fiscales litigantes enfrentan desafíos al plantear y defender los casos en los juzgados, debido al poco conocimiento que tienen sobre la investigación de los casos, ya que esta fase la realiza otro equipo dentro de la fiscalía, crítica recurrente entre muchos jueces. 3) Revisar algunos procedimientos de los procesos judiciales. Es importante establecer una mesa respecto a la prisión preventiva, ya que el aumento en la eficiencia del sistema de justicia y la duración de los procesos judiciales han impactado en el sistema penitenciario, en donde casi la mitad de la población se encuentra sin haber recibido sentencia y la tasa de ocupación es superior al 350%.
Actualmente se cuenta con más de 23,800 privados de libertad y 48% está en prisión preventiva. Deben buscarse medidas alternas y evaluar a quiénes se les podría otorgar medidas sustitutivas. Estudios realizados por el CIEN señalan que del total de personas en prisión preventiva se le podría dar medida sustitutiva al 15%. Tomando que a marzo de 2018 había 11,634 personas en prisión preventiva, 1,760 personas podrían optar a alguna medida sustitutiva. Otra alternativa al encarcelamiento es la implementación del monitoreo electrónico (brazalete), lo cual fue aprobado hace casi dos años mediante el decreto 49-2016. Es importante que se concrete la compra de tres mil dispositivos electrónicos para poner en marcha un proyecto piloto, el cual está previsto sea implementado el año entrante.
¿Qué espera del MP en esta nueva etapa? ¿Cómo lograr que se dé prioridad a deshacinar el SP? ¿Qué opina de que haya privados de libertad que ya cumplieron condena y no han sido liberados?