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CC ordenaría al Congreso elegir magistrados de cortes y de la CSJ

Desde 2019 finalizó el período de funciones de los magistrados; sin embargo, al no concluirse el proceso de elección de los nuevos magistrados, continuaron en el cargo.

El pleno de magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) conoce la mañana de este martes 7 de noviembre, una medida ejecutoria sobre el proceso de elección de magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y de las salas de Apelación del Organismo Judicial (OJ).

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Por lo que los magistrados de la CC podrían emitir una orden al Congreso de la República para que proceda con la elección de los magistrados de la CSJ y las Cortes de Apelaciones, un proceso de elección que ha sido evitado pro los diputados desde 2020.

El Congreso ha agendado en más de 240 ocasiones la elección de las Cortes, pero no ha logrado concretarla.

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De acuerdo con la agenda electrónica de la CC, los magistrados fueron convocados a un pleno ordinario programado para este martes, 7 de noviembre, a partir de las 10:30 horas, lo que indica que la situación podría resolverse en las próximas horas.

Continuidad en el cargo

El 13 de octubre de 2019 finalizó el período de funciones de la Corte Suprema de Justicia 2014-2019; sin embargo, al no concluirse el proceso de elección de los nuevos titulares y suplentes, se realizó una opinión consultiva ante la Corte de Constitucionalidad (CC) a través del expediente 5477-2019, la cual fue resuelta el 8 de octubre de 2019, en la parte conducente de la resolución consultiva se establece que las magistradas y magistrados deben continuar ejerciendo sus funciones si aún no han sido elegidos sus sustitutos.

El pasado 13 de octubre, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia revalidaron la continuidad en el cargo que debieron haber entregado en 2019.

El artículo 71 de la Ley de Organismo Judicial (OJ) establece que ningún magistrado o juez propietario o suplente en funciones y ningún funcionario o empleado del Organismo Judicial dejará su cargo aunque se le haya admitido la renuncia o cumplido el tiempo de su servicio establecido, sino hasta que se presente su sucesor.

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