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Se garantizan las manifestaciones pero también la libre locomoción

La Corte de Constitucionalidad resolvió otorgar amparo provisional que fue interpuesto en contra del presidente de la República, Alejandro Giammattei, el ministro de Gobernación, Gendri Reyes; y el director de la Policía Nacional Civil, José Antonio Tzubán relacionado a manifestaciones.

Esta acción de amparo fue promovida por:

  • Procurador de los Derechos Humanos, Augusto Jordán Rodas Andrade
  • Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (Cacif)
  • Diputados Sonia Gutiérrez, Stuardo Batres y Adán Pérez
  • Cámara del Agro; y
  • Cámara de Industria.
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Derecho a manifestaciones

En la resolución se señala que para el efecto establecido:

Sin bloqueos

Asimismo, parte de la resolución también indica que, cuando se realicen manifestaciones en calles y carreteras se coordinen acciones para garantizar que las personas realicen sus actividades diarias.

Además, también se reitera la obligación de proveer información a los asistentes a las manifestaciones y tomar las medidas necesarios, particularmente, las de bioseguridad para prevenir el contagio del Covid-19.

También se resalta lo siguiente:

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“La obligación de que para preservar el orden público, se haga con elementos de las fuerzas de seguridad, debidamente uniformados.”

“Por último, se estableció que el uso de la fuerza pública podrá utilizarse cuando fuera absolutamente necesario, en casos excepcionales y siempre conforme los estándares internacionales que han marcado pautas para el efecto.”

* Con información de Corte de Constitucionalidad.

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