El Congreso aprobó la madrugada de este jueves 1 de julio el decreto 8-2021, Ley de exención de responsabilidad y de creación del mecanismo de compensación por el uso de vacunas contra Covid-19.
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Tras discutir una serie de enmiendas, los diputados lograron los consensos para avalar la propuesta que presentó el Ejecutivo.
La ministra de Salud, Amelia Flores, y la viceministra de Finanzas Violeta Mazariegos asistieron a la instancia de jefes de bloque para consensuar esas enmiendas.
Algunos de los cambios que acordaron los diputados fueron aumentar a 15 salarios mínimos no agrícolas la indemnización a la persona que resulte con algún daño por la administración de las vacunas y en caso de fallecimiento será hasta 28 sueldos mínimos. Pero una propuesta era de una compensación de hasta Q80 mil.
Los diputados aprobaron crear un fondo de compensación de Q120 millones.
Efectos adversos por vacuna contra Covid-19
Con la normativa, las farmacéuticas se conviertan en “personas protegidas” y esto hace que no tengan que responder por los efectos adversos serios que sufran los ciudadanos vacunados contra coronavirus.
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En su lugar, la responsabilidad recaerá en el Estado que haya adquirido las dosis para ser utilizadas en programas nacionales de inmunización.
Este tipo de regularización es un requisito que debe cumplir el país para poder tener acceso a comprar dosis contra el coronavirus con distintos fabricantes.
Con esta legislación, que según el exdirector de la Comisión Presidencial para la Atención de la Emergencia Covid-19 (Coprecovid), Edwin Asturias, es una ley estándar e internacional, el país podrá avanzar en el proceso para recibir las vacunas donas, entre estas, las dosis ofrecidas por el gobierno de los Estados Unidos.
Discusión en el Congreso
Los artículos que les tomó tiempo a los diputados fueron los relacionados con la protección a personas que serán los fabricantes de cualquier vacuna. Siempre y cuando las dosis sean utilizadas en los programas de inmunización.
Mientras que en la exoneración de responsabilidades civiles se propuso que fueran los fabricantes de vacunas por reacciones adversas serias de la aplicación de ese medicamento que hayan sido adquiridos y administrados por el Ejecutivo.
También se impulsó que en el tema de confidencialidad o el contenido de negociación y contratos realizados con las personas protegidas establecidas en la presente ley no podrán ser mayores de tres años desde la firma del contrato.
La discusión sobre la confidencialidad se debe a que desde la negociación del año pasado se tenía conocimiento de los requisitos que pedían las farmacéuticas. Por lo que calificaron que era una ley de imposición, pero por la necesidad debían aprobarla.
Otro de los temas que se discutió fue llevar a arbitraje internacional cuando los contratos tengan cláusulas generales.