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Toma de posesión en la CC fue incompleta

Durante el primer año de esta magistratura será Roberto Molina Barreto quien presida la misma.

La octava magistratura de la Corte de Constitucionalidad periodo 2021-2026 tomó posesión el miércoles, 14 de abril, en las instalaciones del Teatro Nacional, la máxima instalación de la cultura en el país.

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Esto bajo fuertes medidas de seguridad, tanto en el recinto cultural antes mencionado, como en la propia sede de la máxima corte del país, derivado de varias manifestaciones que tuvieron lugar en las afueras de esta última.

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Toma de posesión

Los únicos magistrados que fueron juramentados un día antes en el hemiciclo del Congreso de la República, evidentemente, tomaron posesión durante este acto protocolario.

Luego de la entonación del Himno Nacional de Guatemala, se procedió a la colocación de los pines a cada uno de los integrantes de esta nueva magistratura.

Los magistrados que tomaron posesión son Leyla Lemus, Dina Ochoa, los suplentes José Samayoa, Luis Rosales, Walter Jiménez y Rony López.

Durante el primer año de esta magistratura será Roberto Molina Barreto quien presida la misma.

En parte de su discurso, el magistrado indicó que esta era la tercera vez que ocupaba una magistratura en la alta corte.

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Asimismo, en un prolongado discurso, resaltó la igualdad y el respeto de la ley que deben prevalecer, pero también recordó que ha habido cambios en temas jurídicos que se han dado.

“Sin ideología”

Estas fueron algunas otras frases y temas que mencionó Molina Barreto durante su discurso.

  • “Resulta lamentable ver recientemente que se han vertido opiniones que dicho sistema de control constitucional debería desaparecer, y por ende, la existencia de un tribunal especializado para ello, lo que resultaría un retroceso inconcebible”, aseguró el magistrado Molina Barreto.
  • Asimismo, destacó y evocó la “labor ilustre de valiente juristas sin perjuicio de las distintas ideologías, políticas y credos religiosos que han profesado en el pasado”.
  • “No provocar más desempleo, más separación de las familias con cierre de empresas, pero a la vez, coadyuvar con la conservación del medio ambiente sin mermar la recaudación tributaria, entre otros elementos, lo que parece no haber sido tomado en cuenta”, dijo.
  • “Tal es el caso también de la interpretación restrictiva realizada en los últimos años, contrario al principio pro homine, entiéndase a favor de la persona, sobre el derecho de elegir y ser electo”.

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