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Jefe de FECI afirma que Mynor Moto no goza de inmunidad como juez o magistrado

El fiscal Juan Francisco Sandoval explicó que Moto no gozaba de inmunidad cuando se pidió su captura.

Abogado Mynor Moto Abogado Mynor Moto

El jefe de la Fiscalía Especial contra la Impunidad, Juan Francisco Sandoval, explicó en el programa A Primera Hora de Emisoras Unidas, cuáles son los argumentos que respaldan que Mynor Moto no gozaba de inmunidad cuando fue requerida su captura este lunes.

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El fiscal dijo que Moto decidió usar la figura de excedencia para cesar de sus funciones para su designación como magistrado de la Corte de Constitucionalidad.

“Esta excedencia iba en razón de la asunción en el puesto de magistrado titular de la Corte de Constitucionalidad. ¿Qué ocurre? Un acto administrativo complejo relacionado con la asunción de ese puesto como magistrado que tenía tres momentos: la elección, la juramentación y la toma de posesión”, explicó Sandoval.

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Según el fiscal, las primeras dos fases se cumplieron excepto la posesión del cargo en la CC, tal como lo manifestó el secretario de la máxima corte en comunicación a la fiscalía.

¿Moto gozaba de inmunidad?

Los documentos recopilados por la FECI en una diligencia desarrollada en el Consejo de la Carrera Judicial, constan que Mynor Moto, el 27 de enero dirigió una petición al Consejo que consta que no había tomado posesión como magistrado.

Es así como según Sandoval, cuando fue requerida la orden de detención Moto no gozaba de inmunidad.

“Dejo de ejercer la función jurisdiccional por voluntad propia, no tenía inmunidad como juez y no había asumido como magistrado de la Corte de Constitucionalidad, por ende tampoco gozaba de la inmunidad como magistrado de este alto organismo”, afirmó.

La jueza de mayor riesgo “D”, Erika Aifán, autorizó la orden de captura a petición de la FECI contra Mynor Moto y el abogado Dennis Herrera Arita; sin embargo, ninguno de los dos fueron localizados. 

Ambos son señalados por el delito de conspiración para la obstrucción de justicia, informó la fiscalía en un comunicado.

Motivaciones para la captura de Moto

Sandoval, indicó que el delito de conspirar para obstruir la justicia está estipulado en la ley organizada. Un delito que se basa en el acuerdo que puede existir entre personas, en este caso, para incurrir en la obstrucción de la justicia, dirigido a un particular o un funcionario que acciona con el propósito de proteger indebidamente a sindicados en hechos que son investigados.

En ese contexto, Sandoval, dijo que “hay circunstancias objetivas que la fiscalía puede acreditar que demuestran ese acuerdo con el propósito de utilizar una función para sustraer de la justicia, proteger a quienes aparecen involucrados en el caso conocido como Comisiones Paralelas 2020”.

El fiscal dijo que este lunes los investigadores recopilaron información relacionada al caso que está siendo procesada por su análisis. Agregó que el caso Comisiones Paralelas está en avance, una parte se mantiene bajo reserva y anunció que podrían darse nuevas acciones en los próximos días.

El Ministerio Público expuso en un comunicado que los hechos por los que se requirió la orden de captura, es sobre supuestos acuerdos entre un grupo de personas, “a fin de defender sus propios intereses o de terceros en el proceso de postulación para magistraturas de altas cortes”.

“Al ser descubiertos por el Ministerio Público, utilizaron la función jurisdiccional del juez Mynor Moto Morataya, para intentar obstaculizar la obtención de pruebas para el proceso, y así proteger a quienes aparezcan involucrados en la investigación que desarrolla la Fiscalía”, se especificó.

Denuncias

Suman ilegalidades

  • Acción Ciudadana denunció este lunes en el MP posibles delitos que cometió Moto Morataya para ser juramentado como magistrado. También se señala a los 82 diputados que votaron por su juramentación y contra los tres magistrados de la Sala de Apelaciones del ramo Civil y Mercantil que le otorgaron un amparo provisional.
  • De acuerdo con los denunciantes, los funcionarios pudieron cometer asociación ilícita, prevaricato, nombramiento ilegal y anticipación de funciones. Por no esperar la resolución de impugnaciones como lo establece el artículo 156 de la Ley de Amparo.
  • Debido a que existen 11 solicitudes de amparo, la CC espera resolverlos esta semana.

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