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¿Quién es el dueño de los recursos espaciales?

Futuro: Recientemente, SpaceX hizo historia al lograr el primer vuelo tripulado por una empresa privada, haciendo posible que otros accedan al espacio y extraigan recursos. Publinews Internacional investiga qué esperar.

El éxito de Elon Musk con el lanzamiento de Crew Dragon ha reabierto un debate sobre quién es el dueño del espacio, discusión que lleva varias décadas. En 1967 dio su fruto más prominente cuando se adoptó el Tratado del Espacio Exterior, que estableció que el espacio exterior es un “patrimonio común mundial” no sujeto a la jurisdicción de los Estados individuales o a la posible división en partes “nacionales”.

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“Este tratado es, en mi opinión, el más importante porque ha sido firmado y ratificado por la mayoría de los Estados del mundo. Se considera la ‘Carta Magna del Espacio’ o la ‘piedra angular’ de la legislación espacial”, explicó Juan Manuel de Faramiñán Gilbert, profesor de derecho público internacional y de relaciones internacionales en la Universidad de Jaén, en España.
Aunque este tratado es el único que aborda temas como la propiedad del espacio y lo que hay en él, lo cierto es que han habido muchos cambios y avances tecnológicos desde que entró en vigor en 1967, como la llegada de empresas privadas al espacio.
Los expertos consideran que el debate sobre la propiedad del espacio debería actualizarse y continuar hoy en día porque a menudo los países, las empresas y los particulares tratan de encontrar lagunas en la reglamentación.

“Los vuelos espaciales comerciales de SpaceX siguen poniendo en relieve la forma en que las entidades privadas participan cada vez más en la actividad espacial. Por lo tanto, puede añadir urgencia a estos debates, ya que la comunidad internacional sigue lidiando con cuestiones relativas a la apropiación de los recursos espaciales tanto por parte de los países como de las empresas”, dijo Jill Stuart, académica especializada en política, ética y derecho del espacio ultraterrestre de la London School of Economics, en Reino Unido.

Pero los vuelos comerciales tripulados no son la principal preocupación de los expertos. Lo que genera más controversias es la posibilidad de una futura minería espacial. Sí, ya hay empresas interesadas en extraer recursos minerales de otros planetas y cuerpos celestes como la Luna o los asteroides.

“Lo que se ha convertido en un tema de debate hace relativamente poco tiempo es que un puñado de empresas (principalmente de Estados Unidos) parecían estar dispuestas a ir a extraer recursos espaciales, es lo que ese conjunto de cláusulas legales significa para la propiedad de los recursos en el espacio”, dijo Frans G. von der Dunk, profesor de derecho espacial en la Facultad de Derecho de la Universidad de Nebraska-Lincoln, en Estados Unidos.

Por ejemplo, algunas leyes locales ya han empezado a generar controversia porque establecen que quienes obtienen recursos mineros en el espacio pueden apropiarse de ellos. Estados Unidos (en 2015) y Luxemburgo (en 2017) ya han aprobado leyes nacionales que establecen que las empresas privadas que registren lanzamientos desde sus países podrán apropiarse de los recursos mineros. La posible sobreexplotación de estos recursos naturales y los efectos que ello podría tener en el espacio es motivo de preocupación.

“Existe un peligro para el equilibrio ecológico del espacio si se produjera una especie de ‘fiebre de los minerales espaciales’ en la que empresas y Estados se lanzaran a la expoliación indiscriminada de estos recursos naturales”, añadió De Faramiñán Gilbert.
La llegada de los humanos a Marte también está relacionada con el tema de la propiedad del espacio, ya que existe la posibilidad de que una empresa o un país que llegue primero busque declarar al planeta rojo como su propiedad; sin embargo, los expertos creen que está muy bien establecido en el Tratado del Espacio Exterior de 1967 que ningún planeta o cuerpo celeste puede ser declarado propiedad de nadie.

Según Frans G. von der Dunk: “Legalmente hablando, la Luna, los planetas, los asteroides y cualquier otro cuerpo celeste pertenecen todos a la misma cesta legalmente hablando. Todos ellos forman parte del patrimonio mundial del espacio exterior y por lo tanto no están sujetos a la apropiación nacional”.

Por último, los expertos aseguran que el Tratado sobre el Espacio Ultraterrestre de 1967 sigue siendo un marco jurídico muy útil para regular la actividad humana en el espacio. Sin embargo, reconocen que podría actualizarse.

“Aunque reconozco que es necesario que se superpongan nuevas reglamentaciones al tratado para reflejar los cambios en la actividad y la tecnología espaciales, creo que el propio documento jurídico debería seguir siendo el telón de fondo para comprender cómo enfocamos la propiedad del espacio. Ha hecho esto bien durante más de medio siglo y no es un capital político que deba desperdiciarse”, concluyó Jill Stuart.

Tres desafíos del actual derecho espacial

  1. 1. La minería espacial

La posible extracción de recursos es, tal vez, el mayor desafío para el derecho espacial porque pueden haber lagunas jurídicas que generen controversias sobre la propiedad de los materiales minados.

  1. 2. Regreso a la Luna

Aunque la humanidad llegó a la Luna hace más de 50 años, el regreso al satélite de la Tierra podría provocar conflictos, ya que muchos países están preparando misiones lunares y Estados Unidos aprobó recientemente el Decreto Ejecutivo de abril de 2020, que establece que este país “no considera la propiedad extraterrestre como un bien común mundial y por lo tanto la considera susceptible de apropiación privada”, comentó Juan Manuel de Faramiñán Gilbert, profesor de derecho internacional público y relaciones internacionales en la Universidad de Jaén, en España.

  1. 3. La conquista de Marte

Aunque el Tratado del Espacio Exterior de 1967 establece que nadie puede reclamar la propiedad de un planeta, la llegada de países y empresas privadas a Marte y la posible construcción de bases en ese planeta podría causar disputas legales.

Entrevista

Frans G. von der Dunk, profesor de derecho espacial en la Escuela de Leyes de la Universidad de Nebraska-Lincoln, en EE. UU.

  1. ¿Se reabrió el debate sobre la propiedad del espacio después del éxito de SpaceX?

En realidad, creo que hay dos temas diferentes en juego aquí que no deben ser confundidos. Uno de ellos ya se cerró hace décadas, el otro es de naturaleza más reciente y hasta cierto punto no se ha cerrado desde entonces.
En cuanto al primero, la propiedad del espacio ultraterrestre como tal nunca se ha cuestionado seriamente desde el Tratado del Espacio Ultraterrestre de 1967 en el artículo 2, donde se estipuló que el espacio ultraterrestre era una especie de “patrimonio común mundial”, no sujeto a la jurisdicción de los Estados individuales ni a la posible división en partes “nacionales”, como lo respalda el artículo 1, que introdujo enérgicamente la libertad de exploración y utilización para todos los Estados como base jurídica por defecto. En cuanto a la segunda, lo que se ha convertido en un tema de debate hace relativamente poco tiempo, a saber, desde que un puñado de empresas (principalmente estadounidenses) parecían estar dispuestas a ir y explotar los recursos espaciales, es lo que ese conjunto de cláusulas jurídicas significa para la propiedad de los recursos en el espacio.

  1. Cuéntanos más sobre las controversias relacionadas con la minería espacial…

Aquí, hay básicamente dos líneas de pensamiento. Una es considerar, siguiendo la idea de un “patrimonio común mundial” y la libertad general de la actividad de los Estados en el espacio ultraterrestre, permitir que los Estados individuales extraigan esos recursos y/o permitir que lo haga su propio sector privado, siempre que todas las actividades cumplan con las limitaciones que el derecho espacial internacional les imponga y que esas actividades del sector privado estén debidamente autorizadas. Este enfoque ha dado lugar a la legislación de Estados Unidos para 2015, de Luxemburgo para 2017 y de los Emiratos Árabes Unidos para 2020, que permite oficialmente a las respectivas entidades del sector privado recoger esos recursos tras la concesión de una licencia/autorización. Otros países están examinando con esos tres países cuáles deberían ser exactamente esas limitaciones, aunque básicamente aprueban el enfoque de permitir iniciativas mineras unilaterales. El otro enfoque, jurídicamente menos defendible y políticamente hablando aparentemente perdiendo terreno pero aún no derrotado, consiste en sostener que, puesto que el espacio ultraterrestre pertenece efectivamente a todos los Estados, también los recursos que allí se encuentran pertenecen a todos los Estados conjuntamente, lo que suele interpretarse en el sentido de que solo un régimen internacional (de licencias) -aún por establecer- legitimaría la minería comercial.

  1. Entonces, ¿alguien es dueño del espacio?

Aquí hay que separar tres cosas: 1) Las naves espaciales enviadas al espacio ultraterrestre (que siguen perteneciendo a quien fuera su propietario antes de su lanzamiento), 2) El espacio ultraterrestre como zona y 3) Los recursos del espacio ultraterrestre. En cuanto a los dos últimos, según la respuesta anterior, esa es la parte que se discute al menos políticamente, mientras que en el ámbito jurídico está creciendo el consenso de que quien coseche esos recursos, siempre que opere dentro de los límites impuestos por el derecho espacial, tiene derecho a poseerlos y luego a comercializarlos y venderlos.

  1. ¿Qué hay del Tratado del Espacio Exterior de 1967?

Fue ratificado por todas las naciones con experiencia en el espacio de cualquier importancia en ese sentido, por lo que se reconoce que proporciona el marco jurídico para todas las actividades en el espacio ultraterrestre o dirigidas a él. Impone una serie de principios clave, de los cuales -además de los ya citados anteriormente- la responsabilidad y la obligación de los Estados también por las actividades de sus entidades del sector privado, la obligación de desistir del emplazamiento u obtención de armas de destrucción en masa, los principios generales de la cooperación y la consulta internacionales en caso de que se cause un posible daño a las actividades espaciales legítimas de otros Estados, y la aplicación del derecho internacional general, incluida la Carta de las Naciones Unidas, al espacio ultraterrestre, son los más importantes. El propio tratado ha dado lugar a otros convenios en los que se elaboran detalles específicos al respecto y ha servido de marco en el que, por ejemplo, se aborda actualmente el tema de los desechos espaciales y la sostenibilidad a largo plazo de las actividades espaciales.

  1. ¿Podría cambiarse este acuerdo?

Técnicamente, el Tratado del Espacio Exterior puede ser cambiado, ya que el artículo 15 permite enmiendas, las cuales, sin embargo, para entrar en vigor (y entonces solo para aquellos Estados que ratifiquen dicha enmienda), requieren una mayoría de los actuales Estados partes (o, actualmente, 61 de 110). Dado además que se reconoce que la mayoría de las cláusulas del tratado representa el derecho internacional consuetudinario, lo que significa que son vinculantes independientemente de que un país sea o no parte en el tratado, e incluso el abandono del tratado (permitido como tal en virtud del artículo 16) no exime a un Estado de las obligaciones pertinentes, las posibilidades de que esto ocurra son bastante escasas -ciertamente nunca antes se había intentado seriamente-.
En cuanto a la segunda parte, como se ha indicado anteriormente, ningún país puede reclamar la propiedad de ninguna parte del espacio ultraterrestre de conformidad con los artículos 1 y 2. Cuando los astronautas del Apolo en 1969-1972 colocaron varias banderas estadounidenses en la Luna, la NASA y el Gobierno de los EE. UU. hicieron todo lo posible para asegurarle al resto del mundo que esto de ninguna manera significaba que reclamaba partes de la Luna como su territorio, lo que habría sido una violación del Tratado del Espacio Exterior para empezar. Dado que esto forma parte del derecho internacional consuetudinario al que me referí, a menos que todas las principales potencias espaciales estén de acuerdo, no es probable que se modifique esta norma.

* Con información de Daniel Casillas.

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