Agentes de la Policía Nacional Civil (PNC) de Sololá denunciaron que recibieron una amenaza de la jueza de la cabecera, Dora Leticia García Hernández, quien dijo que los denunciaría si se negaban a recibir detenidos en la carceleta ubicada en la subestación 72-1-1.
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Dicha información fue trasladada a la Oficina Nacional de Prevención de la Tortura, la cual recomendó el cierre del centro de detención porque no reúne las condiciones mínimas para albergar a personas señaladas de haber cometido delitos.
La presidenta de la referida oficina, Cecilia Barrios, recibió de forma personal la denuncia de los elementos policiales durante una visita que realizó al sitio, para verificar el cumplimiento de la recomendación que se hizo a la PNC.
Durante la visita, Barrios determinó que la carceleta sigue funcionando debido al temor de los agentes policiales de ser denunciados por García Hernández.
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Así fue la amenaza
El pasado lunes 18 de noviembre, la juzgadora envió una nota al Comisario de Sololá o encargado de la referida subestación policial en la cual se detalla la amenaza:
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- Bryan José Rivera Reynoso, de 24 años, fue capturado de forma flagrante por el delito de responsabilidad de conductores, y ella misma reconoce que se trata de un ilícito de menos gravedad.
- Se ordenó su ingreso a la carceleta o de lo contrario se iniciarían las acciones legales en contra de quienes no cumplieran la orden.
Antes la PNC había informado a la jueza que la Oficina Nacional de Prevención de la Tortura había emitido un oficio para que se cerrara la carceleta, lo cual consta en una nota del viernes 8 de noviembre último y que está firmada por Salvador Saloj Panjoj, jefe de la subestación 72-1-1, emitida a los juzgados de Paz, de Instancia Penal, de Femicidio y del Tribunal de Sentencia sobre las instrucciones del mando policial para cerrar la carceleta.
En el oficio se señala que:
- La Oficina recomendó el cierre de las carceletas ubicadas en estaciones y subestaciones policiales en todo el territorio nacional "en virtud de que es prohibido por la ley".
- Y que se remita a las personas detenidas ante los jueces que conocen los respectivos casos cuando se trate de faltas, para que sean las autoridades judiciales las que gestionen el traslado de los sospechosos a las prisiones autorizadas.
Según García Hernández, el cierre de la carcelta no había sido informado por el Ministerio de Gobernación a los jueces, y además no quería escuchar a Rivera Reynoso el mismo día en que fue capturado, porque ordenó su traslado al día siguiente para resolver sus situación legal.
La Constitución Política de la República señala en el artículo 9:
"Interrogatorio a detenidos o presos: Las autoridades judiciales son las únicas competentes para interrogar a los detenidos o presos. Esta diligencia deberá practicarse dentro de un plazo que no exceda de 24 horas. El interrogatorio extrajudicial carece de valor probatorio".
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