El Tribunal Supremo Electoral (TSE) decidió no analizar el acuerdo que restringe el uso de teléfonos móviles durante el conteo de votos.
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El pleno de magistrados por mayoría decidió no analizar el acuerdo 319-2019, el cual prohibe a los integrantes de cada junta receptora de votos, a los fiscales de los partidos políticos y a los inspectores utilizar su teléfono.
No obstante, el único voto a favor de analizar el acuerdo fue de la magistrada María Eugenia Mijangos.
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Para evitar conflictividad
El acuerdo fue aprobado para evitar conflictividad durante el conteo de votos, ya que habían casos en los que se compartían cifras preliminares que ocasionaban malestar.
Mijangos aseguró que ha estado vigente en procesos electorales anteriores.
El acuerdo señala que los integrantes de la junta deben entregar el teléfono al presidente de la junta previo a iniciar con el conteo de votos.
Según el acuerdo, pese a que los fiscales de los partidos tienen derecho a observar el proceso de escrutinio, se aplica el artículo 232 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP), acerca de la secretividad del voto.
Rechazaron prohibición
Por su parte, cuando se conoció esta prohibición, algunas organizaciones como Mirador Electoral rechazaron la misma.
Además, exigieron al órgano electoral que se derogue tal prohibición y que la entidad se apegue a la normativa legal vigente y promueva las condiciones para facilitar la transparencia.
Según las entidades, esta decisión limita la apertura y transparencia que debe existir en todo proceso electoral y viola el artículo 35 de la Constitución Política de la República.
Expresamos nuestro rechazo al acuerdo 319-2019 del TSE que ordena el secuestro de los teléfonos celulares. pic.twitter.com/GN2OUbiZMB
— Mirador Electoral (@miradorguate) June 11, 2019