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Cambios en sanciones por fondos electorales ilícitos causa división

La definición de las sanciones y multas por financiamiento electoral anónimo es el principal obstáculo que tiene la sala legislativa que trabaja la reforma al segundo párrafo del artículo sobre financiamiento electoral ilícito que recomendó aclarar la Corte de Constitucionalidad.

El exconstitucionalista Gabriel Orellana comentó que, por lógica, la donación anónima en política no existe, porque en su mayoría se hace con la especulación de obtener favores a mediano o largo plazo.

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El experto lamentó que los mismos diputados sean juez y parte en discutir las penas y multas, considerando que las sanciones deben ir en función al monto que donan y así eliminar el anonimato en donaciones.

Revisar la ley

Óscar Argueta, diputado de la Unidad Nacional de la Esperanza e integrante de la comisión extraordinaria, señaló que el financiamiento electoral ilícito mezcla tres situaciones diferentes, ya que no es lo mismo recibirle a un narcotraficante que a un empresario o profesional correcto que no solicitó su recibo, o si el encargado de las finanzas de la agrupación política no extendió el comprobante,  y si la empresa es utilizada por un tercero para simular la donación.

De acuerdo con el legislador tiene la culpa directamente quien reciba la donación y no solo el secretario general, por lo que deben definirse sanciones administrativas y penales.

Manuel Conde, también de la sala de trabajo del Congreso, indicó que aún no hay una propuesta, pues se busca objetividad, proporcionalidad y justicia.

Toman propuesta

  1. La bancada Encuentro por Guatemala se apropió de la sugerencia que hizo el Ministerio Público que propone de tres a ocho años inconmutables.
  2. La diputada Nineth Montenegro comentó que dicho planteamiento cuenta con el principio de proporcionalidad, racionalidad y justicia.

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