La consulta popular sobre el diferendo territorial, insular y marítimo entre Guatemala y Belice se realizará el 18 de marzo de 2018, quinto domingo de Cuaresma, de 7:00 a 18:00 horas, según lo informó hoy el Tribunal Supremo Electoral (TSE).
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Los guatemaltecos decidirán en las urnas si el diferendo histórico será o no sometido a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) para su resolución.
"Esto es algo histórico y de indudable importancia nacional", dijo la magistrada María Eugenia Mijangos, presidenta del Tribunal, durante la convocatoria al referendo, que se llevó a cabo hoy en un hotel capitalino.
En la actividad participó el presidente Jimmy Morales, quien afirmó: "Guatemala ha sido respetuosa del derecho internacional”.
Asimismo, el mandatario detalló que "solucionar en definitiva el diferendo es un imperativo histórico que el gobierno ha definido como uno de los pilares de política exterior".
"Guatemala y Belice son dos pueblos vecinos y hermanos, que no pueden vivir de espaldas el uno hacia el otro", resaltó Morales.
Campaña informativa
La pregunta que se someterá a consulta popular será: ¿Está usted de acuerdo que cualquier reclamo legal de Guatemala en contra de Belice sobre territorios continentales e insulares y cualesquiera áreas marítimas correspondientes a dichos territorios sea sometido a la Corte Internacional de Justicia para su resolución definitiva y que esta determine las fronteras de los respectivos territorios y áreas de las Partes?
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Mijangos señaló que el padrón electoral es de aproximadamente 7 millones 500 mil, y que el cierre del empadronamiento será el 17 de diciembre.
Por aparte, los magistrados del TSE anunciaron que se harán campañas en español y en dos idiomas mayas con relación a la consulta, las cuales no estarán enfocadas en cuanto al “sí” o el “no”, sino que serán de carácter informativo.
Ley “seca”
Al igual que en los procesos de Elecciones Generales, para la consulta también se aplicará la prohibición para distribuir licores, bebidas alcohólicas y fermentadas, así como su consumo en lugares públicos desde las 12:00 horas del día anterior a la actividad y hasta las 6:00 horas del día siguiente.
Esta prohibición está establecida en el artículo 223 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos.
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