De las 109 rutas del transporte público que existen operando en la ciudad capital, 62 ya han sido retiradas por la falta de cumplimiento en sus operaciones, así como por faltas hacia el usuario, según indicó el vocero de la Municipalidad de Guatemala, Carlos Sandoval.
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Sandoval se refirió a este tema luego de que el servicio del Transurbano del eje sur, luego de que pilotos paralizaron el servicio.
Multas al transporte público
El funcionario edil dijo que el "atropello del cobro de la tarifa excesiva", ha sido el principal motivo por el cual han sido multadas las líneas del transporte urbano.
"El 65 por ciento de las multas corresponden al cobro excesivo del pasaje, mientras que el otro 35% ha sido por bajarse a hacer sus necesidades fisiológicas en la vía pública, fumar dentro de las unidades y por llevar música estridente, entre otros", indicó Sandoval.
¿Cómo se procede?
Carlos Sandoval aseguró que existe un procedimiento a seguir para el retiro de la licencia de operaciones de las rutas de transporte. Este se realiza a través de la Superintendencia del Transporte Público Colectivo Urbano.
Según el Acuerdo COM 42-2009 de la Municipalidad de Guatemala, tipifica en el artículo 62 la "Terminación anticipada" y esta habla de que en el momento en que haya problema en la prestación del servicio, la Superintendencia tiene que notificar a la empresa que está a cargo de la línea que cubre ese servicio y esperar 30 días hábiles para que exista una reparación o subsanar la problemática que existe en el tema del transporte, aseguró Sandoval.
Las sanciones que indica el Artículo 62. Terminación Anticipada.
- a) Suspensión total o parcial del servicio sin causa debidamente justificada por más de dos días consecutivos.
- b) Cuando el prestador del Servicio de Transporte Público Colectivo Urbano cobre, en forma sistemática y reiterada, una tarifa diferente a la autorizada.
- c) Tener, portar o presentar documentos alterados o falsificados.
- d) Duplicar números de registro asignados por la Superintendencia de Transporte Público Colectivo Urbano.
- e) Efectuar, en forma sistemática y reiterada, el cobro de la tarifa por medio de un mecanismo de recaudo no autorizado.
- f) Cuando se imponga multas al prestador del Servicio de Transporte Público Colectivo Urbano por un monto igual o superior a Q500 mil dentro de un período de seis meses.
Puedes revisar el Reglamento de Transporte Público.
Finalmente, Sandoval indicó que La Empresa Municipal de Transporte y su Junta Directiva ya han estado en reuniones para modificar los acuerdos de este reglamento para poder sancionar severamente a los prestadores del servicio que no cumplen con los requerimientos.