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SAT anuncia exoneración de multas y recargos para contribuyentes

La medida será aplicable para los períodos anteriores al año 2017.

Autoridades del Ministerio de Finanzas Públicas (Minfin) y de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) anunciaron este viernes que se hará una exoneración total o parcial de multas, recargos e intereses para contribuyentes que hayan incurrido en incumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Esta disposición temporal permitirá que los ciudadanos puedan solventar sus obligaciones pendientes de pago.

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¿Para quiénes aplica?

El acuerdo gubernativo número 82-2017, del Minfin, publicado hoy en el Diario de Centro América, señala que la medida será aplicable para quienes hayan incurrido en infracciones tributarias, actos u omisiones durante los períodos impositivos terminados antes del 1 de enero 2017, siempre y cuando paguen el cien por ciento de los impuestos que adeuden.

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La exoneración se aplicará en un 100 % si el pago de impuestos se realiza durante el primer mes de vigencia; si se hace en el segundo mes se aplicará en un 95 %; y si se cancela en el tercer mes, será únicamente el 90 %.

Cabe destacar que la exoneración no cubre el pago de impuestos, únicamente multas y recargos.

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