Crean reglamento para la tenencia responsable de mascotas en Chile

El Ministerio de Salud chileno elaboró un nuevo reglamento para el control y prevención del virus de la rabia en los perros

Foto: Agencia Uno Foto: Agencia Uno

La norma endurece las medidas para la prevención y control del virus elevando las exigencias a los dueños de mascotas y a las instituciones de salud.

Entre algunas medidas se estableció que toda persona mordida por canes que no tengan la vacuna antirrábica al día o que sean sospechosos de portar el virus de la rabia, serán vacunados en forma gratuita en los recintos públicos con las cinco dosis requeridas.

Además, los centros de salud, públicos y privados, pueden solicitar a la fuerza pública que obligue al paciente a recibir las cinco vacunas que contempla el tratamiento.

“El nuevo decreto es mucho más claro al señalar que toda persona en riesgo debe vacunarse, a menos que algo permita descartar que el animal mordedor es portador del virus, es decir, que se ha hecho una autopsia del animal, que se ha hecho vigilancia y el animal, ubicable, no ha fallecido o que el dueño pueda mostrar un certificado vigente de la vacunación antirrábica”, dijo el ministro de Salud, Jaime Mañalich, al diario La Tercera.

El nuevo reglamento crea, también, el primer catastro de perros mordedores en el país.

Lo anterior constituye un registro que deberán mantener las seremis con toda la información detallada de los canes que hayan agredido a personas y procurar que en ellos se instale un sistema de identificación no removible.

“En el reglamento se plantea como un sistema de identificación indeleble, porque hoy nos referimos a chips subcutáneos, pero a futuro se pueden desarrollar otros dispositivos. Esto se pensó como un complemento a la ley de tenencia responsables de mascotas que aún no ha sido aprobada”, dijo Mañalich en entrevista con La Tercera.

Finalmente, los propietarios de gatos y perros deberán tener un detallado certificado de que sus mascotas tienen la vacunación antirrábica al día. En caso de que la autoridad sanitaria se las solicite, tendrán cinco días para presentarla.

Se dispuso, además, que la primera inyección a estos animales se hará al segundo mes de vida y de manera anual.

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