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Vigencia La última enmienda que se aprobó está relacionada con la fecha de la vigencia. • Acceso. El artículo 52 que habla sobre información bancaria cobrará vigencia seis meses después de su publicación en el diario oficial. • Funcionamiento. Para mayor control de las offshore, el artículo 49 entrará en vigor un año después de su oficialización en el diario.
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Los diputados finalizaron la aprobación de los cambios a la Ley de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).
Entre las modificaciones avaladas se le facilitará al ente recaudador el proceso para que soliciten información bancaria de los contribuyentes, conocido como el secreto bancario.
En el artículo 52 del Decreto 37-2016 se establece un plazo de tres días para que el juez responsa la solicitud de la SAT para acceder a las cuentas bancarias de aquellas personas que sospeche que no hayan cumplido con sus obligaciones fiscales.
Además, en caso de que el juez le permita a la SAT revisar la información, las entidades bancarias tendrán ocho días para trasladar las transacciones del contribuyente, lo cual causó malestar entre algunos sectores.
“Las reformas van en consonancia con fortalecer la capacidad fiscalizadora de la SAT”, resaltó el diputado y exjefe de la SAT Rudy Castañeda.
También los congresistas aprobaron cuatro enmiendas donde se modifica el artículo 7 de las reformas que menciona el proceso para nombrar el directorio.
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Aunque en la nueva legislación se menciona que la ley no será retroactiva, como buscaban algunos diputados, Carlos Barreda, integrante de la comisión de finanzas del Congreso, mencionó que la SAT podrá basarse en el Código Tributario, donde se permite que puede investigar cuatro años atrás.
La diputada Nineth Montenegro resaltó que se culminó con la reforma que busca la transparencia y que permitirá que la SAT ayude a recuperar la credibilidad en el país. “Ya no habrá secreto bancario, pero se debe respetar el debido proceso”, agregó Montenegro.