CC declara inconstitucional los salarios diferenciados

Después de ocho meses de haber permanecido suspendidas las circunscripciones económicas con las que trataba de implementar los salarios diferenciados menores a los sueldos mínimos, hoy la Corte de Constitucionalidad (CC) declaró inconstitucional esos acuerdos gubernativos.

¿Qué es el salario diferenciado? El sueldo mínimo aprobado por el Ejecutivo para este año es de Q2,644.40 para trabajadores del área agrícola y no agrícola, mientras que los empleados del área exportador y de maquila reciben Q2,450. En este caso, los trabajadores de estos cuatro municipios devengarían Q1,500 como sueldo mínimo lo cual dejó sin efecto la CC este día.

En diciembre el expresidente Otto Pérez y el exministro de Trabajo Carlos Contreras, oficializaron la publicación de documentos identificados con los números 471, 472, 473 y 474 de 2014.

Martín Guzmán, secretario de la CC, explicó que la acción que se resolvió fue planteada por el procurador de los Derechos Humanos, por lo que se declara inconstitucional los salarios diferenciados en los municipios de San Agustín Acasaguastlan y Guastatoya, El Progreso; Estanzuela, Zacapa, y Masagua, Escuintla.

Se consideró que el monto establecido como salario diferenciado es inconstitucional por violación al derecho al mínimo vital, pues dos personas que trabajen en promedio bajo ese régimen no podría llegar a cubrir el costo de la canasta básica”.
 

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