Estas son las penas por crear y compartir información que genere pánico financiero

Aunque las redes sociales pueden facilitar la información, en ciertas ocasiones la tecnología pueden perjudicar. De acuerdo con el artículo 342 inciso B Código Penal las multas por compartir y comentar información que genere pánico financiero son estas:

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1. El responsable será sancionado con prisión de uno a tres años y multa de entre Q5 mil a Q50 mil.

2. Si el delito lo comete la persona que conozca los daños a la institución bancaria recibirá una pena de cinco a diez años de prisión inconmutables y una multa de entre Q100 mil a Q800 mil. Por cierto caso no se podrá otorgar cualquiera de las medidas sustitutas contempladas en el Código Penal Procesal.

3. Las sanciones referidas en dicho artículo se incrementarán en una tercera parte cuando se trate de un responsable del delito, accionistas, director, administración, gerente o representante.

Por dicho delito, la Fiscalía contra la Corrupción detuvo está mañana a Wilfer Oswaldo Sixto Ávalos y Jessica Andrea Pérez.
 

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